Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2016 (04/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Martes 4 de octubre de 2016 /

El Peruano

Público para el Año Fiscal 2016, establece que los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, que no estén contemplados en las excepciones contempladas en el mismo artículo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Ley 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de Flor de Maria Valdez Arroyo, profesional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros a la ciudad de Macas, República del Ecuador, del 4 al 8 de octubre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo al Pliego Presupuestal 001: Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 003-Secretaría General, de acuerdo al siguiente detalle: FLOR DE MARIA VALDEZ ARROYO Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 1 262,09 Viáticos : US$ 1 480,00 (4 días de evento - US$ 370.00 x día). Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la funcionaria cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración alguna o liberación de impuestos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1436801-15

del Ecuador, el Informe N° 022-2016-OSINFOR/04.1, del Jefe (e) de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Legal N° 161-2016-OSINFOR/04.2, del Jefe (e) de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1085, se creó el Organismo de Supervisión de Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, como Organismo Público Ejecutor, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, encargado a nivel nacional de la supervisión y fiscalización del aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como de los servicios ambientales provenientes del bosque; Que, el 18 de diciembre de 2015, con ocasión del Encuentro Presidencial y IX Gabinete Binacional de Ministros Perú ­ Ecuador, se suscribió la "Declaración de Jaén", precisándose en el numeral 7 del Eje de Seguridad y Defensa, la necesidad de redoblar esfuerzos en la lucha contra la minería ilegal, el tráfico de especies de flora y fauna silvestres, entre otros y en el numeral 17 del Eje de Asuntos Ambientales, energéticos y mineros, la importancia de seguir fortaleciendo la cooperación para el establecimiento de agendas comunes en materia de recursos forestales y de fauna silvestre; Que, mediante correo electrónico del visto de la señorita Flor de María Valdez, de Cooperación Internacional de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, traslada la invitación para participar en el Encuentro Presidencial y X Gabinete Binacional de Ministros Ecuador ­ Perú, que se realizará del 05 al 07 de octubre de 2016, en la ciudad de Macas, provincia de Morona Santiago, República del Ecuador; Que, el artículo 2 de las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas mediante Decreto Supremo N°0472002-PCM, y sus modificatorias, establece que la resolución de autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días y viáticos; por otra parte el artículo 8 de la norma antes citada establece que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente de un día de viático, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece, respecto a los viajes al exterior por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d), e), f) y g) del mismo numeral, que para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizarse mediante Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, debiendo ser publicada en el diario Oficial El Peruano; Que, en tal sentido, resulta de interés nacional la asistencia y participación del señor Ronald Senin Chancasanampa Medina, Jefe (e) de la Oficina Desconcentrada de Chiclayo del OSINFOR en el citado encuentro, teniendo en cuenta que constituye objeto del OSINFOR, la supervisión y fiscalización del aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como de los servicios ambientales provenientes del bosque, otorgados por el Estado a través de las diversas modalidades de aprovechamiento reconocidas en la Ley Nº 29763 - Ley Forestal y de Fauna Silvestre, de tal modo que propicie y asegure el uso sostenible, responsable, racional y ético de los recursos forestales y de fauna silvestre en permanente armonía en su entorno; Que, en consecuencia, corresponde asumir el gasto por concepto de pasajes y viáticos que genere la participación del Jefe (e) de la Oficina Desconcentrada de Chiclayo del OSINFOR en el Encuentro Presidencial y X Gabinete Binacional de Ministros Ecuador ­ Perú, que se realizará del 05 al 07 de octubre de 2016, en la ciudad de Macas, provincia de Morona Santiago, República del Ecuador, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30372 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal

Autorizan viaje de funcionario del OSINFOR a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 234-2016-PCM Lima, 3 de octubre de 2016 VISTOS: El correo electrónico de fecha 28 de setiembre de 2016, de Cooperación Internacional de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, trasladando la invitación al Encuentro Presidencial y X Gabinete Binacional de Ministros Ecuador ­ Perú, que se realizará del 05 al 07 de octubre de 2016, en la ciudad de Macas, provincia de Morona, República

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