Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2016 (06/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Jueves 6 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

600857

Decretos Supremos N° 082-2011-PCM y N° 060-2016PCM; Que, el Capítulo I del Título II de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece disposiciones normativas sobre la Presidencia de la República, conformada por el Presidente de la República, el Despacho Presidencial y los Vicepresidentes de la República; precisando en su artículo 9, que el Despacho Presidencial es responsable de la asistencia técnica y administrativa a la Presidencia de la República para el cumplimiento de sus competencias y funciones; y, dispone que su Reglamento de Organización y Funciones determina las funciones generales, estructura orgánica, así como las relaciones entre los órganos que lo integran y su vinculación con las entidades públicas y privadas, el cual debe ser aprobado mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, mediante el Decreto Supremo N° 058-2011-PCM, se actualiza la calificación y relación de los Organismos Públicos que conforman el Poder Ejecutivo, considerando al Despacho Presidencial como un organismo público ejecutor; Que, a fin de implementar de manera integral la estructura orgánica del Despacho Presidencial y reflejar de manera adecuada, las actuales funciones de la Entidad, las relaciones entre sus órganos y la vinculación con las entidades públicas, privadas y la sociedad civil; resulta necesario aprobar el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, acorde a las disposiciones establecidas en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; Con la opinión técnica favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley N° 27573, que crea el Pliego Despacho Presidencial; Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado; y el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones- ROF por parte de las entidades de la Administración Pública; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones. Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, cuyo texto consta de cuatro (04) Títulos y cuarenta y siete (47) Artículos, así como el Organigrama del mismo, los que forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Financiamiento La aplicación de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo, se financia con cargo al presupuesto institucional del pliego Despacho Presidencial, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3.- Publicación El presente Decreto Supremo y el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial aprobado por el artículo 1, son publicados en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Despacho Presidencial (www.presidencia. gob.pe), el mismo día de la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Implementación del ROF Facúltese al Despacho Presidencial a dictar, mediante Resolución de Secretaría General, las disposiciones

complementarias para la adecuada implementación del Reglamento de Organización y Funciones. Segunda.- Vigencia del ROF El presente Decreto Supremo entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, a excepción del artículo 10 del Reglamento de Organización de Funciones, el cual entra en vigencia a partir del 01 de Enero de 2017. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogación Deróguese el Decreto Supremo Nº 066-2006-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial y sus modificatorias. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de octubre del año dos mil dieciséis. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1437954-3

Encargan el Despacho de la Presidencia de la República a la Segunda Vicepresidenta de la República
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 240-2016-PCM Lima, 5 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que, el señor Presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski Godard, viajará el día 7 de octubre de 2016 a la ciudad de Macas, provincia de Morona Santiago, República de! Ecuador, donde se llevará a cabo el Encuentro Presidencial y X Gabinete Binacional de Ministros del Perú y Ecuador; Que, el señor Martín Alberto Vizcarra Cornejo, Primer Vicepresidente de la República, acompañará al señor Presidente de la República en dicho viaje; Que, en consecuencia, es necesario encargar las funciones del Despacho Presidencial a la señora Mercedes Rosalba Aráoz Fernández, Segunda Vicepresidenta de la República, en tanto dure la ausencia del señor Presidente de la República y del Primer Vicepresidente de la República; De conformidad con el artículo 115 de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Encargar el Despacho de la Presidencia de la República a la señora Mercedes Rosalba Aráoz Fernández, Segunda Vicepresidenta de la República, el día 7 de octubre de 2016, en tanto dure la ausencia del Presidente de la República y del Primer Vicepresidente de la República. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1437954-6

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