Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2016 (10/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Lunes 10 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

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que para la procedencia de una pretensión administrativa es necesarios establecer la capacidad procesal del administrado para comparecer ante la Administración , así como su interés legitimo para Obrar y que este sea actual y Cierto; y si esto es así, de Conformidad con el artículo 75º de la ley de la referencia corresponde a la Autoridad Municipal verificar si los documentos y /o recaudos que el administrado presenta , cumplen con los requisitos exigidos por la entidad, y en aplicación del principio de presunción de veracidad plasmado en el artículo 42º de la precitada ley, Suponer que estos proceden con verdad en sus atribuciones, sin perjuicio de la probanzas que pueda ejercer la administración para el Logro del Objetivo pretendido, debiendo causar convicción a la autoridad administrativa para su procedencia, Estando a los Fundamentos expuestos en la parte considerativa, en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.61 del capítulo II del artículo 79º de la ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades de conformidad por lo dispuesto por la Ordenanza Nº 276- Ordenanza que estable el Beneficio de Regularización de las Habilitaciones Urbanas y Edificaciones Ejecutadas sin Licencia en el distrito de San Juan de Lurigancho, Ley Nº 29090- Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, El Reglamento Nacional de Edificaciones , las Ordenanzas Nº 341, Nº 836 y Nº 1081-MML, Con sus Modificatorias , el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA-Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación , El Reglamento Nacional de edificaciones las Ordenanzas Nº 341, Nº 836 y Nº 1081-MML con sus modificatorias y la Ley Nº 27444-Ley del procedimiento administrativo general y El Decreto legislativo Nº 1225. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar, el Proyecto de Habilitación Urbana Ejecutada en Vía de Regularización de Lote único para uso Comercio Zonal CZ, del terreno de 2625.00m2 Ubicado en la Avenida Santa Rosa, en la Mza. N, Lote 9, De la Parcelación Semirustica del Fundo Canto GrandeSegunda Etapa, Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima; de Conformidad con el Plano Trazado y lotización y el Plano de Ubicación y Localización, signados para efectos de registro como Plano Nº 139-2016-SGOPHU-GDU-MDSJL y Nº 138 -2016-SGOPHU-GDU-MDSJL, Nº 137 -2016-SGOPHUGDU-MDSJL respectivamente solicitado por Alta Vidda Gas Sac. Artículo Segundo.- Autorizar a Alta Vida Gas Sac. A culminar en el plazo de treinta y seis meses (36) las obras de Habilitación Urbana de conformidad con los planos signados con el Plano Nº 139-2016-SGOPHU-GDU-MDSJL y Nº 138 -2016-SGOPHU-GDU-MDSJL, Nº 137 -2016-SGOPHUGDU-MDSJL, debiendo sujetarse los trabajos a los Planos Aprobados, teniendo en cuenta lo siguiente: Diseño urbano.- El Cuadro de Áreas que se Aprueba es el siguiente:
Área de terreno (según partida Nº 11094195) Área cedida a Vías (Afecta) Área Útil de Terreno 2625.00m2 0.00m2 2625.00m2

Obras de Electrificación.- Se realizaron de Conformidad con los proyectos de la empresa concesionario Edelnor. Artículo Tercero.- Disponer que, Alta Vidda Gas Sac, deberá de efectuar la inscripción del lote único en el registro de predios de acuerdo al Plano de Trazado y Lotización signado con el Nº 139-2016-SGOPHU-GDUMDSJL y la siguiente descripción, Manzana N:
Nº de Lote único 9 Área (m2) 2625.00 Frente (ml) 30.00 Lado derecho (ml) 87.50 Lado Fondo Izquierdo (ml) (ml) 87.50 30.00

Artículo Cuarto.- Aceptar el pago de la redención en dinero del déficit de aportes reglamentarios, hasta antes de la expedición de la Resolución que aprueba la Recepción de Obra, por tratarse la presente de una Regularización de la Habilitación Urbana de Lote Unico, siendo que al haberse verificado que el área resultante del Aporte es menor al lote normativo dichos déficits deberán ser Valorizados y cancelados en cada una de las entidades correspondientes, según el siguiente cuadro: Cuadro general de aportes: según ordenanza Nº 836MML Zonificación: Comercio Zonal (CZ) Área afecta a los aportes:
Aporte Serpar Fomur Municipalidad Distrital % 5% 3% 2% 10% Ord 836-mml 131.25m2 78.75m2 52.50m2 Proyecto 0.00 0.00 0.00 Déficit 131.25m2 78.75m2 52.50m2

Nota: (**) El déficit de aportes reglamentarios, Serpar, Fomur serán redimidos en Dinero. Artículo Quinto.- DEJESE como carga inscrita en el registro de predios el pago pendiente por el déficit de Serpar, Fomur, Siendo que tales cargas serán levantadas cuando se cumpla con el pago de los déficits de aportes. Artículo Sexto.- DISPONER que, Alta Vidda Gas Sac, deberá de solicitar la Recepción de obras de acuerdo a lo indicado en el numeral C. Artículo 11º de la Ley 29090-Ley de regulación de Habilitaciones Urbanas y edificaciones. Artículo Octavo.- REMITIR Copias Certificadas del FUHU, de la presente Resolución Subgerencial y de un juego del plano de Trazado y Lotización, y de la Memoria Descriptiva, respectivamente a la Municipalidad de Lima Metropolitana de Lima, al Servicio de Parques de Lima SERPAR y a la empresa Municipal Inmobiliaria de Lima SA. EMILIMA S.A. Para su Conocimiento y registro, conforme lo establece el artículo 18º del Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA y Decreto Legislativo 1225-2015. Artículo Noveno.- ENCARGAR A la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro Incorporar la presente habilitación Urbana en el plan Urbano del Distrito de San Juan de Lurigancho, siendo esta su competencia según lo establece el ROF vigente. Artículo Décimo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano a cargo del interesado, en un plazo no mayor de treinta (30) Días calendario, contados a partir de la Notificación de la Presente. Artículo Décimo Primero.DISPONER el cumplimento y notificación pertinente y de acuerdo a Ley, al administrado, del contenido de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUANA MUNARES FLORES Subgerente de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas 1438979-1

Obras de Habilitación Urbana: Acera: Es de concreto de calidad FC= 140 KG de 0.15m de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad debidamente nivelado y/o compactado. El Desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.20m y el acabado con la mezcla de cemento arena fina en proporción de 1:2 de un (1) centímetro de espesor y Bruñas cada 1.00 con juntas de 3/4 cada 5 ml, Bermas.- Esta al mismo nivel de la calzada, esta área paralela y continua a la calzada estará rodeada por el sardinel dejando solo acceso de la calzada hacia la vereda en la puerta de ingreso, la cual se comunicara mediante una rampa, en lo restante de la berma será colocada. Obras Sanitarias.- Se realizaron de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado aprobados por Sedapal.

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