Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2017 (28/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES
Nº 4

Viernes 28 de abril de 2017 /

El Peruano

Que, asimismo, la Resolución Ministerial Nº 207-2016-MINAM dispone que respecto a los proyectos con implicancias sobre los recursos hídricos, así como de áreas naturales protegidas, la propuesta de Términos de Referencia deberá contar con opinión de las entidades correspondientes, las mismas que tienen un plazo de diez (10) días hábiles para la emisión de la opinión respectiva; Que, en tal sentido, mediante Oficios Nº 997, Nº 998 y Nº 999-2017-MTC/16, de fecha 24 de marzo de 2017 la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales solicitó opinión a la Autoridad Nacional del Agua ­ ANA, al Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE y al Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP, respecto a los Términos de Referencia (TDR): a) Construcción de Puentes carrozables menores a 100 metros de luz que no tengan pilares intermedios en el cauce de río, se encuentre fuera de ANP, ZA o ACR; y, b) Mejoramiento y/o rehabilitación de caminos pertenecientes a la red vial vecinal de 5 a 50 Km. de longitud; instituciones que emitieron opinión técnica mediante Oficio Nº 573-2017-ANA-DGCRH y Oficio Nº 337-2017-SENACE/ DCA y Oficio Nº 672-2017-SERNANP-DGANP, respectivamente; Que, asimismo, mediante Oficio Nº 1152-2017MTC/16, la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales solicitó opinión a la Autoridad Nacional del Agua ­ANA; con Oficio Nº 1153-2017-MTC/16 al Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles -SENACE y mediante Oficio Nº 1151-2017-MTC/16 al Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado -SERNANP respecto a los Términos de Referencia (TDR): a) Obras de mantenimiento o conservación vial por niveles de servicio que comprendan pavimentación, cambio de carpeta asfáltica y/o bacheo mayores a 2 Km, o siendo menores o iguales a 2 Km comprendan Proyectos de Inversión Pública contiguos de la misma naturaleza del proyecto; y, b) Pavimentación de avenidas y vías principales en zonas urbanas; las mismas que emitieron opinión técnica mediante Oficio Nº 572-2017-ANADGCRH e Informe Técnico Nº 347-2017-ANA-DGCRHEEIGA; y Oficio Nº 668-2017-SERNANP-DGANP ajuntando la Opinión Técnica Nº 319-2017-SERNANPDGANP, respectivamente; Que, la Dirección de Gestión Ambiental, a través del Informe Nº 013-2017-MTC/16.01.LMQ, ha acogido las opiniones técnicas emitidas por la Autoridad Nacional del Agua, Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles y Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, las mismas que han sido consideradas en la propuesta de cuatro (04) Términos de Referencia para proyectos con características comunes o similares precisados en el Anexo Nº 1 de la Clasificación Anticipada del Reglamento de Protección Ambiental para el Sector Transportes, considerados como Categoría I: Declaración de Impacto Ambiental ­ DIA, considerándose los siguientes:
Categoría en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental DIA DIA

Proyectos de Inversión Obras de mantenimiento o conservación vial por niveles de servicio que comprendan pavimentación, cambio de carpeta asfáltica y/o bacheo mayores a 2 Km, o siendo menores o iguales a 2 Km y que comprendan Proyecto de Inversión Pública contiguos de la misma naturaleza del proyecto

Categoría en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental DIA

Que, se ha emitido el Informe Legal Nº 061-2017MTC/16.CIM, en el que se indica que de conformidad con lo señalado en la normativa ambiental vigente y el Informe Técnico N° 013-2017-MTC/16.01.LMQ de la Dirección de Gestión Ambiental, resulta procedente la publicación con fines de consulta pública de la propuesta de cuatro (04) Términos de Referencia para proyectos con características comunes o similares precisados en el Anexo Nº 1 de la Clasificación Anticipada del Reglamento de Protección Ambiental para el Sector Transportes, considerados como Categoría I: Declaración de Impacto Ambiental ­ DIA, de acuerdo a las categorías consideradas en el Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental ­ SEIA, en la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe), con el objeto de recibir las respectivas sugerencias y comentarios del público en general, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente resolución; Que, el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, dispone que los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados, precisando que el aviso de publicación del proyecto deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano y el cuerpo completo del proyecto en el portal de transparencia de la entidad, por un período mínimo de diez (10) días útiles; Que, en consecuencia, resulta necesario publicar la referida propuesta de cuatro (04) Términos de Referencia para proyectos con características comunes o similares precisados en el Anexo Nº 1 de la Clasificación Anticipada del Reglamento de Protección Ambiental para el Sector Transportes, considerados como Categoría I: Declaración de Impacto Ambiental ­ DIA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, la Ley N° 28611, el Decreto Supremo Nº 0212007-MTC, Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; y, la Resolución Ministerial Nº 207-2016-MINAM; SE RESUELVE:

Nº 1 2

Proyectos de Inversión Pavimentación de avenidas y vías principales en zonas urbanas Construcción de Puentes carrozables menores a 100 metros de luz que no tengan pilares intermedios en el cauce de río y se encuentren fuera de Áreas Naturales Protegidas, Zonas de Amortiguamiento o Áreas de Conservación Regional. Mejoramiento y/o rehabilitación de caminos pertenecientes a la red vial vecinal de 5 a 50 Km. de longitud

3

DIA

Artículo 1.- Disponer la publicación de la propuesta de los Términos de Referencia para los cuatro (04) proyectos detallados en la parte considerativa de la presente Resolución, de características comunes o similares precisados en el Anexo Nº 1 de la Clasificación Anticipada del Reglamento de Protección Ambiental para el Sector Transportes, considerados como Categoría I: Declaración de Impacto Ambiental ­ DIA, de acuerdo a las categorías consideradas en el Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental ­SEIA, en la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe), con el objeto de recibir las respectivas sugerencias y comentarios del público en general, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Gestión Ambiental de la Dirección General de Asuntos Socio

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