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77 NORMAS LEGALES Viernes 28 de abril de 2017 El Peruano / OS/GG, se aprobó el formato del Acta de Supervisión de Control Metrológico vigente actualmente; Que, con fecha 21 de diciembre de 2016, se publicó en el diario o fi cial El Peruano el Decreto Legislativo N° 1272, el cual realiza diversas modi fi caciones e incorpora nuevas disposiciones a la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante, LPAG); Que, con fecha 18 de marzo de 2017, se publicó en el diario o fi cial la Resolución de Consejo Directivo N° 040-2017-OS/CD, mediante la cual se aprobó el Reglamento de Supervisión, Fiscalización y Sanción de las Actividades Energéticas y Mineras a cargo de Osinergmin, el cual establece las disposiciones aplicables a las funciones supervisora, fi scalizadora y sancionadora de Osinergmin; Que, asimismo, con fecha 20 de marzo de 2017, se publicó en el diario o fi cial El Peruano el Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, mediante el cual se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, (en adelante, TUO de la LPAG), el cual sistematiza la Ley N° 27444 y el Decreto Legislativo N° 1272; Que, en ese sentido, el artículo 228-D de la LPAG y el artículo 242° del TUO de la LPAG, regula, entre otras cosas, la posibilidad de que los administrados fi scalizados incluyan sus observaciones en las actas correspondientes. Asimismo, el artículo 228-G de la LPAG y el artículo 243° del TUO de la LPAG, establecen como una de las formas de conclusión de la actividad administrativa de fi scalización, la recomendación del inicio de un procedimiento administrativo sancionador; es decir, no se podrá disponer en forma directa el inicio en la diligencia de fi scalización; Que, por su parte el Reglamento de Supervisión, Fiscalización y Sanción de las Actividades Energéticas y Mineras a cargo de Osinergmin, establece en su artículo 13°, numeral 13.3 que el Acta de Supervisión contiene un campo de observaciones, en el que se consigna, entre otros, observaciones que el agente supervisado considere pertinentes. Asimismo, el numeral 13.5 del artículo precitado, señala que cuando corresponda, el Acta de Supervisión, puede incluir las medidas administrativas impuestas o ejecutadas durante la diligencia, así como la recomendación del inicio del procedimiento administrativo sancionador; Que, a fi n de que en la supervisión del Cumplimiento del Procedimiento de Entrega de Información de Precios de Combustibles Derivados de Hidrocarburos PRICE, así como, en la supervisión de Control Metrológico a los Surtidores y/o Dispensadores de Combustibles Líquidos, se observe lo dispuesto en la normativa citada en los considerandos precedentes, resulta pertinente modi fi car el Acta de Veri fi cación de Cumplimiento del Procedimiento de Entrega de Información de Precios de Combustibles Derivados de Hidrocarburos PRICE, así como, el Acta de Supervisión de Control Metrológico a los Surtidores y/o Dispensadores de Combustibles Líquidos; Con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acta de Veri fi cación de Cumplimiento del Procedimiento de Entrega de Información de Precios de Combustibles Derivados de Hidrocarburos PRICE Modi fi car el formato del Acta de Veri fi cación de Cumplimiento del Procedimiento de Entrega de Información de Precios de Combustibles Derivados de Hidrocarburos PRICE, que en calidad de Anexo I forma parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- Acta de Supervisión de Control Metrológico a los Surtidores y/o Dispensadores de Combustibles Líquidos Modi fi car el formato del Acta de Supervisión de Control Metrológico a los Surtidores y/o Dispensadores de Combustibles Líquidos, que en calidad de Anexo II forma parte de la presente Resolución. Artículo 3°.- Constancia de Colocación de Carteles y/o Precintos O fi ciales Aprobar los formatos de la Constancia de Colocación de Carteles y/o Precintos O fi ciales, que en calidad de Anexo III, forman parte de la presente Resolución.Artículo 4°.- VigenciaLa presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 5°.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y, junto con sus Anexos, en el portal institucional de Osinergmin (www.osinergmin.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese y comuníquese.JULIO SALVADOR JÁCOME Gerente General 1514106-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Autorizan transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a favor de diversas personas jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 051-2017-CONCYTEC-P Lima, 24 de abril de 2017VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 002-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el O fi cio Nº 112 -2017-FONDECYT-DE del Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y los Informes Nº 074-2017-CONCYTEC-OGPP y Nº 047-2017-CONCYTEC -OGAJ-CRT, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 044-2017-CONCYTEC-P se aprueba la Directiva Nº 003-2017-CONCYTEC-OGPP “Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones durante el Año Fiscal 2017, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016” (en adelante, la Directiva); Que, mediante O fi cio Nº 112-2017-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT solicita la aprobación de transferencias fi nancieras y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas