Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2017 (02/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Miércoles 2 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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de 2002, modificada por Resolución Ministerial N° 105-2005-MINCETUR/DM y precisada por Resolución Ministerial N° 102-2012-MINCETUR/DM; se constituyó la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, la referida Comisión, ha elaborado el proyecto de "Plan Anual de Transferencias de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2017 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo", el cual ha sido validado por el Viceministerio de Turismo, en calidad de presidente de dicha Comisión; la Oficina General de Planificación Presupuesto y Desarrollo ­ OGPPD, como Secretaría Técnica; asimismo, por la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico ­ DGPDT, Dirección General de Estrategia Turística ­ DGET, Dirección General de Artesanía ­ DGA y la Dirección General de Políticas de Desarrollo del Comercio Exterior y la Oficina General de Administración ­OGA-, como miembros de la referida Comisión; Que, conforme el numeral 11.3 b de la Directiva N° 005-CND-P-2005, "Procedimiento para la Formulación de los Planes de Transferencia Sectoriales de Mediano Plazo y los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales", aprobada por Resolución Presidencial N° 081-CND-P-2005, del Consejo de Nacional de Descentralización, dicho Plan debe ser aprobado por Resolución Ministerial y posteriormente ser presentado a la Secretaría de Descentralización de la PCM; De conformidad con la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del MINCETUR, y su Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF del MINCETUR, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, y modificaciones; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el "Plan Anual de Transferencias de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2017 del MINCETUR", el mismo que como anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines correspondientes. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano" y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1549517-1

como instrumento técnico de gobierno y gestión para el desarrollo armónico y sostenido del país y el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el marco del Estado Constitucional de Derecho, formando parte integrante de dicho Sistema los órganos del gobierno nacional, con responsabilidades y competencias en el planeamiento estratégico; Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que son funciones generales de los Ministerios, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, asimismo, el numeral 1 del artículo 25 de la citada Ley, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que las Entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI) el cual debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN), los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC), y los Planes de Desarrollo Local Concertados (PDLC), según sea el caso; Que, el Plan Estratégico Institucional ­ PEI, constituye un instrumento orientador de la gestión institucional que sirve de marco para priorizar objetivos y acciones, así como hacer explícito y de conocimiento público los lineamientos de política que vinculan lo económico a lo social y que permiten mejorar la calidad del gasto de la institución, los mismos que deben ser concordantes con los respectivos Planes Estratégicos y Operativos Institucionales; Que, conforme al Visto, la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo remite el Plan Estratégico Institucional ­ PEI del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, período 2017 ­ 2019, para su aprobación por Resolución Ministerial; Que, a efecto de cumplir con los objetivos estratégicos trazados para el Sector Comercio Exterior y Turismo, es necesario aprobar el Plan Estratégico Institucional 2017 ­ 2019, el cual ha sido elaborado en coordinación con los órganos de línea del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR; De conformidad con la Ley N° 29158 ­ Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27790 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Estratégico Institucional ­ PEI del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, período 2017 ­ 2019, el mismo que como Anexo adjunto con cincuenta (50) folios visados y sellados, forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano" y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Gobierno Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.

Aprueban Plan Estratégico Institucional PEI del Ministerio, periodo 2017 - 2019
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 271-2017-MINCETUR Lima, 26 de julio de 2017 Visto el Memorándum Nº 594-2017-MINCETUR/ SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo N° 1088 se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, orientado al desarrollo de la planificación estratégica

EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1549138-1

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