Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2017 (01/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Domingo 1 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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exonerado de lo establecido en la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final y los artículos 6 y 9 de la Ley N° 30518 y en lo establecido en las prohibiciones contenidas en la Ley N° 28212 y sus modificatorias; y tal implementación no se sujeta a la aprobación del cuadro de puestos de cada entidad; Que, en el marco de la implementación progresiva de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, resulta necesario establecer el monto por concepto de compensación económica de los magistrados del Tribunal Constitucional; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y en la Octogésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Objeto La presente norma tiene por objeto establecer el monto correspondiente a la compensación económica de los magistrados del Tribunal Constitucional, a los que se refiere el numeral 1) del literal b) del artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y aprobar disposiciones para su otorgamiento. Dicho monto es el establecido en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Determinación del monto mensual de la Compensación Económica Para el otorgamiento de la compensación económica establecida en el artículo 1 de la presente norma, se debe contar previamente con el registro en el "Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público", a cargo de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas. El monto de la compensación económica se pagará a razón de doce (12) veces por año, más dos (2) veces por concepto de aguinaldos, uno (1) por Fiestas Patrias y uno (1) por Navidad. Establézcase que a partir de la vigencia del presente decreto supremo, los magistrados del Tribunal Constitucional sólo perciben la compensación económica dispuesta en el presente artículo. Artículo 3. Financiamiento Lo establecido en el presente Decreto Supremo se financia con cargo al presupuesto institucional del Tribunal Constitucional. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas

EDUCACION
Designan Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 686-2016-MINEDU Lima, 30 de diciembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 116-2015-MINEDU se designó al señor RICHARD EDUARDO GARCÍA SABROSO en el cargo de Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que resulta necesario aceptar la referida renuncia, y designar a la funcionaria que ejercerá el cargo de Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor RICHARD EDUARDO GARCÍA SABROSO al cargo de Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora GABY EVELYN DE LA VEGA SARMIENTO en el cargo de Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARILÚ MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1469368-1

Designan Jefa de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 687-2016-MINEDU CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 117-2015-MINEDU, se designó a la señora CARMEN MAGALY BELTRAN VARGAS en el cargo de Jefa de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que resulta necesario aceptar la referida renuncia y designar a la funcionaria que ejercerá el cargo de Jefa de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por

ANEXO Compensación Económica Mensual S/ Magistrados de Tribunal Constitucional 1469406-21 35 017,00

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