Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2017 (19/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Jueves 19 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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participar en procedimientos de selección, procedimientos para implementar o mantener Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado. Esta inhabilitación es no menor de tres (3) meses ni mayor de treinta y seis (36) meses ante la comisión de las infracciones establecidas en los literales c), e), f), g), h) e i) y en caso de reincidencia en la infracción prevista en los literales m), n) y o). En el caso de la infracción prevista en el literal j), esta inhabilitación es no menor de treinta y seis (36) meses ni mayor de sesenta (60) meses. (...)" En la página 15: DICE: "DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES (...) Segunda.- El presente Decreto Legislativo entrará en vigencia a los quince (15) días contados a partir de la publicación de las modificaciones al reglamento a que hace referencia la Primera Disposición Complementaria Final, excepto los artículos 2, 9 y literales m) y n) del artículo 11 que entran en vigencia a partir del día siguiente de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. (...)" DEBE DECIR: "DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES (...) Segunda.- El presente Decreto Legislativo entrará en vigencia a los quince (15) días contados a partir de la publicación de las modificaciones al reglamento a que hace referencia la Primera Disposición Complementaria Final, excepto los artículos 2, 9, literales m) y n) del numeral 11.1 del artículo 11 y las Disposiciones Complementarias Modificatorias que entran en vigencia a partir del día siguiente de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. (...)" 1475763-1

herramientas y mecanismos para implementar la reforma del servicio civil y fortalecer el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, priorizando la ejecución de los procesos de los subsistemas de: Organización del trabajo y su distribución, Gestión del empleo, Gestión del rendimiento y Gestión del desarrollo y capacitación; Que, este despliegue de acciones conlleva a la necesidad de fortalecer las capacidades institucionales de SERVIR, lo cual implica una restructuración parcial en la forma de gestionar los procesos a cargo de los órganos y unidades orgánicas de apoyo y así contribuir de la mejor manera con el accionar de los órganos de línea y finalmente con el cumplimiento de los objetivos institucionales de la entidad; Que, la propuesta de modificatoria del Reglamento de Organización y Funciones, se encuentra en el marco de lo establecido por el Decreto Supremo Nº 043-2006PCM, Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las Entidades de la Administración Pública; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR Modificar la numeración de los Títulos IV, V, VI, VII y VIII; así como los artículos 6, 10 respecto a sus literales l), m), n), y o), 12, 13 respecto a sus literales b), c) y d), 15, 17, 18, así como los numerales 18.1 respecto a sus literales b), h), e i), 18.2, 18.3 y 18.4 del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, aprobado por Decreto Supremo Nº 0622008-PCM y modificado por los Decretos Supremos Nos 014-2010-PCM, 117-2012-PCM y 040-2014-PCM, los que quedan redactados conforme al texto siguiente: "Artículo 6.- Estructura Orgánica SERVIR cuenta con la estructura orgánica siguiente: 01 ÓRGANOS DE ALTA DIRECCIÓN 01.1 Consejo Directivo 01.2 Gerencia General 01.2.1 Subjefatura de Comunicaciones e Imagen Institucional 02 ÓRGANO RESOLUTIVO 02.1 Tribunal del Servicio Civil 03 ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL 03.1 Órgano de Control Institucional 04 ÓRGANO DE DEFENSA JURÍDICA 04.1 Procuraduría Pública 05 ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO 05.1 Oficina de Asesoría Jurídica 05.2 Oficina de Planeamiento y Presupuesto 06 ÓRGANOS DE APOYO 06.1 Oficina General de Administración y Finanzas 06.1.1 Subjefatura de Contabilidad 06.1.2 Subjefatura de Abastecimiento 06.1.3 Subjefatura de Tecnologías de la Información 06.1.4 Subjefatura de Servicio al Ciudadano 06.1.5 Subjefatura de Tesorería 06.2 Oficina de Recursos Humanos 07 ÓRGANOS DE LÍNEA 07.1 Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que aprueba la modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR
DECRETO SUPREMO Nº 003-2017-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1023 se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, como un organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado, con el fin de contribuir a la mejora continua de la administración del Estado a través del fortalecimiento del Servicio Civil; Que, con Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, modificado por los Decretos Supremos N°s. 014-2010PCM, 117-2012-PCM y 040-2014-PCM; Que, en el marco de sus competencias, la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR viene desplegando acciones para el ordenamiento del servicio civil, en los tres niveles de gobierno; Que, en ese contexto SERVIR se encuentra desarrollando un conjunto de normas, instrumentos,

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