Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2017 (24/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Martes 24 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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PODER EJECUTIVO

AGRICULTURA Y RIEGO
RECTIFICACIÓN Se rectifica la Sumilla de la Resolución Directoral N° 0003-2017-MINAGRI-SENASA-DSA, publicada en la edición del 23 de enero de 2017, la cual queda redactada en los términos siguientes: "Establecen requisitos sanitarios específicos de cumplimiento obligatorio para la importación de pelo fino de guanaco, llama o alpaca o vicuña, lavado, descerdado, sin cardar ni peinar procedente de Italia" 1477078-1

AMBIENTE
Designan responsable de brindar la información pública del Ministerio del Ambiente y de actualizar información ofrecida en el Portal de Transparencia; así como responsable del Libro de Reclamaciones
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 15-2017-MINAM Lima, 23 de enero de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ello; Que, la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, de conformidad con los artículos 3 y 5 del referido Decreto Supremo, el Estado tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad, para cuyo efecto las entidades públicas designarán al funcionario responsable de entregar la información solicitada, así como al funcionario responsable de la elaboración de los Portales de Internet; Que, a través del Decreto Supremo Nº 042-2011PCM, se establece que las entidades de la Administración Pública, señaladas en los numerales del 1 al 7 del artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, entre ellas los ministerios, deben contar con un Libro de Reclamaciones en el cual los usuarios podrán formular sus reclamos, debiendo consignar además información relativa a su identidad y aquella otra información necesaria a efectos de dar respuesta al reclamo formulado; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5 del mencionado Decreto Supremo, mediante resolución del titular de la entidad se designa al responsable del Libro de Reclamaciones de la entidad; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 411-2014-MINAM, se designa al señor Jorge Aurelio Calle Valladares como Responsable de brindar la información pública del Ministerio del Ambiente y Responsable del contenido de la información ofrecida en el Portal de Internet Institucional; así como Responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio del Ambiente y del cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 042-2011-PCM y normas modificatorias;

Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial N° 031-2015-MINAM, se designa al señor Pablo Alejandro Castillo Lizárraga como Responsable Alterno de brindar información pública del Ministerio del Ambiente, así como la elaboración y actualización del Portal de Transparencia y como Responsable Alterno del Libro de Reclamaciones del Ministerio del Ambiente; Que, se ha visto por conveniente dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales N°s 411-2014-MINAM y 031-2015-MINAM; y, designar al nuevo responsable de las funciones descritas en los párrafos precedentes, por lo que resulta necesario emitir el presente acto resolutivo; Con el visado de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y sus normas modificatorias, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; el Decreto Supremo N° 042-2011-PCM, que obliga a las Entidades del Sector Público a contar con un Libro de Reclamaciones; y, el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al Director de la Oficina de Asesoría Jurídica como Responsable de brindar la información pública del Ministerio del Ambiente y de actualizar la información ofrecida en el Portal de Transparencia; así como Responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio del Ambiente. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 411-2014-MINAM y la Resolución Ministerial N° 031-2015-MINAM. Artículo 3.- Notificar la presente resolución a todos los órganos del Ministerio del Ambiente y al responsable designado. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1477432-1

DEFENSA
Dejan sin efecto designación de Asesor del Representante Alterno del Perú ante la Organización de Aviación Civil Internacional
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2017-DE Lima, 23 de enero de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) es una agencia del Sistema de las Naciones Unidas, que tiene como fines y objetivos desarrollar los principios y la técnica de la navegación aérea internacional y fomentar la formulación de planes y el desarrollo del transporte aéreo internacional, siendo la Asamblea su órgano supremo, y el Consejo su órgano ejecutivo, teniendo ambos sede permanente en la ciudad de Montreal, Canadá; Qué, mediante Resolución Suprema Nº 480-2016DE/ del 16 de noviembre de 2016, se designó al señor Mayor General FAP (r) Pedro Eugenio GRACEY ARAOZ, como asesor del Representante Alterno del Perú ante la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, a partir del 16 de noviembre de 2016 y por un período máximo de dos (2) años;

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