Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2017 (31/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Martes 31 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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del Anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.munirimac.gob.pe). Dado en el Palacio Municipal a los veintitrés días del mes de enero del dos mil diecisiete. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 1479806-1

de 2017, y de conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del artículo 9° y por el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el VOTO UNÁNIME del Pleno del Concejo y con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente norma: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS TRIBUTARIOS -DESCUENTO SOCIAL- EN LA JURISDICCIÓN DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Artículo Único.- Condónese el 100% de los intereses moratorios y factor de reajuste originados por el concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Año 2017, y a su vez condónese el 20% del monto insoluto en Arbitrios Municipales (Limpieza Pública, Parques y Jardines, y Serenazgo del Año 2017); aplicándose para aquellos contribuyentes cuyo monto de autoavalúo y/o base imponible no supere las 3 UIT por año, debiendo además ser propietario y/o posesionario de un solo predio en el distrito y de uso casa habitación. También se aplicará a las deudas de Impuesto Predial y Arbitrios de los años anteriores al 2017, siempre y cuando el contribuyente pague la deuda del año afecto. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza tendrá vigencia desde el día siguiente de su publicación hasta el 31 de diciembre del 2017. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y Sub Gerencias que la conforman, así como la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Secretaría General su publicación y a la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional su divulgación y difusión de sus alcances. Regístrese, publíquese y cúmplase. JUAN VALENTIN NAVARRO JIMENEZ Alcalde 1479462-1

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Otorgan Beneficios Tributarios - descuento social - en el distrito de San Juan de Lurigancho
ORDENANZA Nº 341 San Juan de Lurigancho, 25 de enero de 2017 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de enero de 2017, el Informe Nº 001-2017-GAT/ MDSJL de fecha 03 de enero de 2017, de la Gerencia de Administración Tributaria, sobre proyecto de Ordenanza que otorga Beneficios Tributarios -Descuento Social- en la Jurisdicción de San Juan de Lurigancho; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, dispone que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de ley, conforme al artículo 200° de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, precisa que conforme a lo establecido por el numeral 4 del artículo 195º y artículo 74º de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones, dentro de los límites que fije la Ley; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario - Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, otorga a los gobiernos locales potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, así como exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, es política de la gestión municipal promover y estimular en el contribuyente de San Juan de Lurigancho, el cumplimiento voluntario de sus obligaciones tributarias, otorgando incentivos a aquellos contribuyentes de menores recursos; Que, en esa lógica, la Gerencia de Administración Tributaria con Informe Nº 001-2017-GAT/MSJL de fecha 03 de enero de 2017, presenta el proyecto de ordenanza con su respectivo sustento técnico del cual se advierte que se busca que la gran mayoría de contribuyentes de menores recursos que generalmente son posesionarios y que buscan protección legal para sus terrenos, puedan cumplir con sus obligaciones tributarias; Estando a lo expuesto, contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según Informe Nº 019-2017-GAJ/MSJL de fecha 16 de enero

Convocan a elecciones de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil para su integración al Consejo de Coordinación Local Distrital
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 02-2017-A/MDSJL San Juan de Lurigancho, 27 de enero de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El Informe N° 002-2017-GP/MDSJL del 27 de enero del 2017 de la Gerencia de Planificación sobre elección de los representantes de la Sociedad Civil para su integración al Concejo de Coordinación Local Distrital; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional- Ley Nº. 27680; Que, el artículo 195° inciso 2) de la Carta Fundamental establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de

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