Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2017 (31/01/2017)


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NORMAS LEGALES

Martes 31 de enero de 2017 /

El Peruano

del Rímac (PRECHRIMAC), mediante Informe N° 007-2017-PRECHRIMAC-MDR, ha propuesto la incorporación de funciones adicionales a las actuales, las cuales se encuentran reguladas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Corporación Edil aprobado por Ordenanza N° 332-MDR, y modificatorias; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 020-2017-GAJ-MDR y la Gerencia de Planificación y Presupuesto mediante Memorando 45-2017-GPP/MDR, emiten su opinión favorable sobre lo propuesto por el PRECHRIMAC; Estando con los vistos de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia de Planificación y Presupuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades y, demás dispositivos legales pertinentes, el Concejo por mayoría, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC INCORPORANDO FUNCIONES AL PROGRAMA DE RECUPERACIÓN DEL CENTRO HISTÓRICO DEL RÍMAC Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado mediante Ordenanza N° 332-MDR y modificatorias, incorporando funciones al Programa de Recuperación del Centro Histórico del Rímac, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente ordenanza, cuyo texto será el siguiente: Artículo 91° Son funciones del PRECHRIMAC: o) Formular proyectos de Inversión y expedientes técnicos de aplicación en el ámbito de su competencia respecto al Programa de Recuperación del Centro Histórico del Rímac. p) Coordinar con la Gerencia de Fiscalización Administrativa, las acciones de control urbano en el Centro Histórico del Rímac. q) Realizar acciones de supervisión y residencia en obra en la ejecución de los Proyectos de Intervención de aplicación en el Centro Histórico del Rímac. r) Promover componentes de identidad y orgullo de pertenecer a la comunidad rímense. s) Autenticar los planes de Renovación Urbana y toda aquella intervención que que estuviera contenida en el Centro Histórico del Rímac t) En coordinación con GDU, Conformar la Comisión Especializada de Proyectos de Arquitectura revisora de expedientes para la emisión de licencias de edificaciones que estuvieran contenidas en el Centro Histórico del Rímac. u) Evaluar y aprobar todas las intervenciones en espacio público en el Centro Histórico del Rímac. v) Aprobar los expedientes técnicos de obras, de intervención en el Centro Histórico. w) Promover el Programa de Inversiones Urbanas en el Centro Histórico del Rímac x) Otras funciones que le asignen la Alta Dirección. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificación y Presupuesto y al Programa de Recuperación del Centro Histórico del Rímac, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, Gestión Documentaria y Registros Civiles, la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Informática la publicación en el Portal Institucional de la entidad. POR TANTO: Mando se Registre, Publique y Cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los veintitrés días del mes de enero del año dos mil diecisiete. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 1479803-1

Convocan a Concurso Público de Méritos para cubrir plaza de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 014-2017-MDR EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL RIMAC POR CUANTO: VISTO; en Sesión Extraordinaria de fecha 23 de enero de 2017; Informe Nº 004-2017-SGREC-GR-MDR de fecha 04 de enero de 2017 de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, Informe Nº 002-2017-GR-MDR de fecha 13 de enero de 2017 de la Gerencia de Rentas, Informe N° 041-2017-SGP-GAF-MDR de fecha 17 de de enero de 2017 de la Subgerencia de Personal, Informe N° 031-2017-GAJ-MDR de fecha 21 de enero de 2017 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, en virtud del numeral 32 del artículo 9 de la Ley N° 27972, le corresponde al Concejo Municipal, aprobar el cuadro de asignación de personal y las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo; Que, el artículo 7º numeral 7.1) del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS señala que la designación del Auxiliar Coactivo, se efectuará mediante Concurso Público de Méritos; Que, mediante Informe Nº 004-2017-SGREC-GRMDR de fecha 04 de enero de 2017, el Subgerente de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, solicita se convoque nuevamente a Concurso Público de Méritos para cubrir la plaza de un (1) Auxiliar Coactiva, toda vez que la persona designada, no se presentó para el inicio de sus labores; Que, la Gerencia de Rentas, solicita el inicio de la convocatoria para la contratación del Auxiliar Coactivo; Que, mediante Informe Nº 031-2017-GAJ-MDR de fecha 23 de enero de 2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica se ratifica en los términos señalados en el Informe N° 698-2016 emite opinión favorable en relación a la convocatoria a Concurso Público así como la aprobación de las Bases para un (01) Auxiliar Coactivo; Que, con las atribuciones contempladas en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y su Reglamento Interno del Concejo, con el voto mayoritario de los señores Regidores y con la dispensa la lectura y aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- CONVOCAR a Concurso Público de Méritos para cubrir la plaza de un (1) Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital del Rímac. Artículo Segundo.- APROBAR las Bases del Concurso Público de Méritos para la selección un (1) Auxiliar Coactivo, la misma que en Anexo forma parte integrante del presente Acuerdo de Concejo. Artículo Tercero.- Facultar al Alcalde a dictar las disposiciones necesarias para la aplicación del presente Acuerdo de Concejo. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General, Gestión Documentaria y Registros Civiles la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Informática la publicación

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