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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2017 (31/01/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Martes 31 de enero de 2017 / El Peruano desarrollo, y son competentes para aprobar el plan de desarrollo local concertado con la sociedad civil; Que, el artículo 197° del mismo Texto Constitucional establece que, las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, norma que encuentra desarrollo legal en el artículo 102° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, cuando establece que, el Consejo de Coordinación Local Distrital es un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades Distritales. Está integrado por el Alcalde Distrital que lo preside, pudiendo delegar tal función en el Teniente Alcalde, y los regidores distritales; por los representantes de las organizaciones sociales de base, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel distrital; Que, asimismo, el tercer párrafo del artículo precitado establece que, los representantes de la sociedad civil son elegidos democráticamente por un periodo de (2) años, legalmente acreditados de las Organizaciones de nivel distrital que se hayan inscrito en el registro que abrirá para tal efecto la Municipalidad Distrital, siempre y cuando acrediten personería jurídica y un mínimo de tres (3) años de actividad institucional comprobada; Que, bajo ese contexto normativo, mediante Ordenanza Nº 137-2008-MDSJL, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 20 de marzo de 2008, se aprobó el Reglamento del Proceso de Elección de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil para su integración al Consejo de Coordinación Local Distrital, para esta comuna, el cual en su artículo 15, dispone que, el Alcalde mediante Decreto de Alcaldía convocará a elecciones de los representantes de la sociedad civil ante el CCLD setenta (70) días calendario antes de la culminación del mandato del CCLD que se encuentre en funciones; asimismo dicho Decreto de Alcaldía contendrá la metodología y cronograma electoral y actividades para el proceso eleccionario, y establecerá el lugar, fecha y hora en el que se desarrollará el acto electoral; Que, por su parte el artículo 17° de la precitada Ordenanza, establece que, el Comité Electoral está constituido por tres (3) miembros: dos funcionarios y un (01) delegado - elector, quedando conformado de la siguiente manera: Presidente: Gerente de Desarrollo SocialSecretario: Gerente de Asesoría JurídicaVocal: un vecino que cuente con inscripción para el proceso eleccionario. El cual quedará instalado el mismo día de la publicación del Decreto de Alcaldía que convoque al proceso eleccionario; Que, del Informe Nº. 02-2017-GP/MDSJL, de fecha 27 de enero de 2017, emitido por la Gerencia de Plani fi cación se desprende que, el mandato del CCLD concluye el 1 de abril del 2017, y encontrándose próximo a vencerse su periodo, corresponde que se convoque a proceso eleccionario para elegir nuevos representantes antes de la culminación de dicho periodo; Estando a lo expuesto, contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, según Informe N° 029-2017-GAJ/MDSJL de fecha 27 de enero de 2017, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 20°, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero. - CONVOCAR a elecciones de los representantes de la organizaciones de la sociedad civil para su integración al Consejo de Coordinación Local Distrital, en acto de votación a realizarse el día viernes 31 de marzo del presente año a horas 19:00 pm en el Teatro Municipal, sito en Av. Próceres de la Independencia, cuadra 7 Urb. Chacarilla de Otero, San Juan de Lurigancho. Artículo Segundo.- ABRIR el “Registro Distrital de Organización de la Sociedad Civil de San Juan de Lurigancho”, en el cual se inscribirán las organizaciones de la sociedad civil a fi n de participar en el proceso de elecciones de los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil para su Integración al Consejo de Coordinación Local Distrital, el mismo que estará a cargo de la Sub Gerencia de Participación Vecinal. Artículo Tercero.- APROBAR el Cronograma del proceso electoral de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil para su integración al Consejo de Coordinación Local Distrital de San Juan de Lurigancho, conforme se detalla en el Anexo y que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Social, Sub Gerencia de Participación Vecinal, Comité Electoral y demás Unidades orgánicas competentes. Artículo Quinto.- DEJAR SIN EFECTO cualquier disposición que se oponga al presente Decreto; Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JUAN VALENTÍN NAVARRO JIMÉNEZ Alcalde ANEXO PROCESO DE ELECCIÓN DE LOS NUEVOS REPRESENTANTES DEL CCLD ACTIVIDAD FECHA DE INICIOFECHA DE TERMINOLUGAR RESPONSABLE Difusión del proceso de Elecciones (volantes, perifoneo, ofi cios o cartas)31-ene- ro-1702-abr-17 Agencia Municipal de Canto Grande/ Palacio MunicipalGDS/SGPV Entrega de constancias de acreditación como delegado electorTres (3) días hábiles posteriores a la inscripción en el registro. Agencia Municipal de Canto GrandeGDS/SGPV Publicación del Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil de SJL10-mar-17 Agencia Municipal de Canto Grande/ Palacio MunicipalGDS/SGPV Presentación del Recurso de Impugnativo ante el comité electoralDentro del proceso de inscripción y7o dentro de los 3 días calendario publicado el Padrón Electoral.Palacio MunicipalCOMITÉ ELCTORAL / GERENCIA DE ASESORIA JURIDICA Comunicación y traslado de la impugnación a la organización de la Sociedad Civil.3 días calendario desde la presentación del recurso impugnativo.Agencia Municipal de Canto Grande/ Palacio MunicipalCOMITÉ ELCTORAL / GERENCIA DE ASESORIA JURIDICA Presentación de descargo de los recursos impugnativos3 días calendario desde la recepción del recurso impugnativoPalacio MunicipalCOMITÉ ELCTORAL / GERENCIA DE ASESORIA JURIDICA Resolución de los recursos impugnativos3 días calendario desde la recepción del recurso impugnativoPalacio MunicipalCOMITÉ ELCTORAL / GERENCIA DE ASESORIA JURIDICA Inscripción de listas de Candidatos31-ene- ro-1717-mar-17 Palacio MunicipalCOMITÉ ELCTORAL / GERENCIA DE ASESORIA JURIDICA Publicación del Padrón Electoral31-mar-17 GDS/SGPV/ COMITÉ ELCTORAL / GERENCIA DE ASESORIA JURIDICA