Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2017 (15/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 056-2017 MTC/01.02 Lima, 9 de febrero de 2017 VISTOS:

NORMAS LEGALES

Miércoles 15 de febrero de 2017 /

El Peruano

La solicitud de la empresa VIVA AIRLINES PERU S.A.C., mediante Carta DIM-001-2016 del 16 de enero de 2017, el Informe N° 051-2017-MTC/12.07 de la Dirección de Certificaciones y Autorizaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe N° 031-2017MTC/12.07 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo N° 0472002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, en el numeral 10.1 de su artículo 10, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, prevé que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa VIVA AIRLINES PERU S.A.C., ha presentado ante la autoridad de aeronáutica civil, una solicitud para inspección técnica de aeronaves, acompañando los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 10 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modificatorias; Que, asimismo, la empresa VIVA AIRLINES PERU S.A.C., ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del

Ministerio; por lo que, los costos del viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, la solicitud presentada por la empresa VIVA AIRLINES PERU S.A.C., ha sido calificada y aprobada por la Dirección de Certificaciones y Autorizaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio, según se desprende del Informe N° 051-2017-MTC/12.07, al que se anexa la respectiva Orden de Inspección, así como por la citada Dirección General, según el Informe N° 031-2017-MTC/12.07, verificándose el cumplimiento de lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27261, la Ley N° 27619, la Ley N° 30518, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores CARLOS HUMBERTO GARAY VERA y LUIS ENRIQUE TAVARA GARCIA, inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del 06 al 10 de marzo de 2017, a la ciudad de Medellín, República de Colombia, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa VIVA AIRLINES PERU S.A.C., a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio, incluyendo la asignación por concepto de viáticos. Artículo 3.- Los inspectores autorizados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones

DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN DE CERTIFICACIONES Y AUTORIZACIONES - COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 06 AL 10 DE MARZO DE 2017 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES N° 051-2017-MTC/12.07 Y N° 031-2017-MTC/12.07 ORDEN DE INICIO INSPECCIÓN Nº FIN VIÁTICOS SOLICITANTE (US$) INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE Inspección técnica a la aeronave A320-214 con matrícula HK-5191, por expedición de constancia de conformidad. Inspección técnica a la aeronave A320-214 con matrícula HK-5191, por expedición de constancia de conformidad. RECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs Fecha: 30.08.10

055-2017MTC/12.07

US$ VIVA AIRLINES 06-mar 10-mar 1,000.00 PERU S.A.C.

GARAY VERA, CARLOS HUMBERTO

REPUBLICA MEDELLIN DE COLOMBIA

595-596

056-2017MTC/12.07

US$ VIVA AIRLINES TAVARA GARCIA, 06-mar 10-mar MEDELLIN 1,000.00 PERU S.A.C. LUIS ENRIQUE

REPUBLICA DE COLOMBIA

595-596

1485091-3

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