Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2017 (15/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 108

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NORMAS LEGALES

Sábado 15 de julio de 2017 /

El Peruano

Monte Carmelo, como distintivo emblemático, turístico y símbolo histórico de identificación de Santa Clara. Ello, considerando que Santa Clara está registrado en el contexto histórico de nuestra patria como una de las localidades más antiguas de la Capital Metropolitana en su existencia, desde 1598 con diferentes matices coloniales y virreinales, y que a lo largo del tiempo ha venido desarrollando un crecimiento demográfico por la migración de ciudadanos desde esa época hasta la actualidad; más aún, cuando a través del Decreto de Alcaldía Nº 014-2015/MDA, de fecha 11.08.2015, se declaró de "Interés Local y Puesta en Valor Histórico y Cultural a la Localidad de Santa Clara del Distrito de Ate"; Que, mediante Informe Nº 665-2017-MDA/GAJ, de fecha 22.06.2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que del Memorial presentado por los vecinos de la localidad de Santa Clara Centro, se sustenta el valor e importancia histórica de la localidad de Santa Clara, en el que se aprecia que dicha zona está próxima a cumplir 419º Aniversario de Creación, siendo conocedores del profundo fervor religioso y católico de los vecinos de dicha localidad, el cual se ve plasmado en el referido memorial, cuya Parroquia cuenta con 56 años de creación y es un emblema distintivo de su localidad; opina que es procedente se declare "Distintivo Emblemático, Turístico y Símbolo Histórico de Identificación de la localidad de Santa Clara a la Parroquia Nuestra Señora del Monte Carmelo", por considerarse de valor histórico para dicha localidad; el mismo que considera debe ser declarado por Decreto de Alcaldía; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, indica que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, la acotada norma legal en su artículo 82º, incisos 12) y 16), establecen que las municipalidades en materia de educación, cultura, deportes y recreación, tienen como competencias y funciones específicas compartidas con el gobierno nacional y el regional, entre otras, "Promover la protección y difusión del patrimonio cultural de la nación, dentro de su jurisdicción, y la defensa y conservación de los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos, colaborando con los organismos regionales y nacionales competentes para su identificación, registro, control, conservación y restauración"; e "Impulsar una cultura cívica de respeto a los bienes comunales, de mantenimiento y limpieza y de conservación y mejora del ornato local"; Que, mediante Proveído Nº 1215-2017-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º, y artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1º.- DECLÁRESE; a partir de la fecha a la PARROQUIA NUESTRA SEÑORA DEL MONTE CARMELO de Santa Clara - Distrito de Ate, DISTINTIVO EMBLEMÁTICO, TURÍSTICO Y SÍMBOLO HISTÓRICO DE IDENTIFICACIÓN DE LA LOCALIDAD DE SANTA CLARA, mención honorífica, que busca incentivar la educación, cultura y el turismo como ejes promotores del desarrollo urbano en la zona, la conservación y protección del patrimonio cultural e histórico de la localidad de Santa Clara, en conmemoración por el 419º Aniversario de su Fundación Española; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- DISPONER; la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- DISPONER; por Secretaría General se ponga en conocimiento del presente Decreto de Alcaldía

a la Localidad de Santa Clara y a la Parroquia Nuestra Señora del Monte Carmelo de Santa Clara. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1543841-7

Expresan saludo y reconocimiento de la corporación municipal por el día del Sereno Municipal
ACUERDO DE CONCEJO Nº 031-2017/MDA Ate, 27 de junio de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de Junio del 2017, la Moción de Orden del Día presentado por los señores Regidores del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Ate, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del Órgano de Gobierno para practicar un determinado Acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional; Que, conforme se establece en el artículo 10º, inciso 2) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades son atribuciones y obligaciones de los Regidores formular pedidos y Mociones de Orden del día; Que, según lo establece el artículo 73º de la Ordenanza Nº 371-MDA, de fecha 09 de febrero del 2015, que aprobó el Reglamento de Organización Interior del Concejo de la Municipalidad Distrital de Ate, las Mociones de Orden del Día son proposiciones mediante las cuales los Regidores ejercen su Derecho de petición ante el Concejo Municipal que adopte decisiones sobre asuntos importantes para los intereses de la Municipalidad o de la Comunidad; Que, mediante Moción de Orden del Día presentada por los señores Regidores del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Ate, solicitan al Pleno de Concejo expresar el Saludo y Reconocimiento a los miembros del servicio de Serenazgo de la Corporación Municipal, al celebrarse hoy 27 de Junio, así como todos los años, el día del Sereno Municipal del Distrito de Ate, quienes sacrifican sus esfuerzos en aras del mantenimiento de la paz en el Distrito, teniendo como compromiso prestar auxilio, protección, orden, y seguridad, propiciando una convivencia pacífica de la comunidad, dichas acciones son realizadas en alianza con la Policía Nacional del Perú, previo despliegue de la planificación y ejecución de las operaciones de patrullaje, ofrendando sin mayor miramiento su integridad física en cumplimiento de sus labores diarias a lo largo de todo el Distrito de Ate; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y contando con el voto por unanimidad de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas;

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