Norma Legal Oficial del día 29 de julio del año 2017 (29/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Sábado 29 de julio de 2017 /

El Peruano

FORMULARIO Nº 53-MPC

USO MESA DE PARTES

FORMULARIO Nº 53-MPC M

SOLICITUD PARA ATENCION DE SERVICIOS DE TRANSPORTE ­ HABILITACION Y DESHABILITACION DE CONDUCTORES Y/O COBRADORES

I. DATOS DEL SOLICITANTE O REPRESENTANTE LEGAL

APELLIDOS Y NOMBRES

DNI O CARNE DEEXTRANJ.

DOMICILIO ACTUAL ­ (AV. / CALLE / JIRON / PSJE / Nº / DPTO / MZA / LOTE / URB / DISTRITO)

TELEFONO

PODER REGISTRADO EN LA FICHA / PARTIDA Nº ___________________ DE LA OFICINA REGISTRAL DE ________________________ FECHA _ ___/_____/____
(Solo para el caso de Representante Legal) (Con antigüedad no mayor 3 meses)

Nº DE LICENCIA DE CONDUCIR:
(Solo para el caso que el solicitante sea el Conductor)

Nº DE CARNE DE EDUCACION Y SEGURIDAD VIAL:
(Solo para el caso que el solicitante sea el Conductor)

II. DATOS DE LA EMPRESA (SOLO PERSONA JURIDICA)

NOMBRE DE LA EMPRESA (SEGÚN ESCRITURA DE CONSTITUCION) FORMULARIO GRATUITO: LEER INSTRUCCIONES AL DORSO

DOMICILIO ACTUAL ­ precisar bien (AV. / CALLE / JIRON / PSJE / Nº / DPTO / MZA / LOTE / URB / DISTRITO)

Nº LICENCIA FUNCIONAMIENTO

TELEFONO

CORREO ELECTRONICO (E-MAIL)

Nº R.U.C.

III. SERVICIO SOLICITADO (en el caso de ser varios conductores o cobradores adjuntar relación)
HABILITACION DE: - Conductores, - Cobradores DESHABILITACION DE: - Conductores - Cobradores

IV. MODALIDAD DE SERVICIO
TRANSPORTE REGULAR TRANSPORTE PRIVADO TRANSPORTE DE CARGA TRANSPORTE ESPECIAL EN VEHICULO MENOR

TRANSPORTE PUBLICO Y PRIVADO DE CARGA EN VEHICULO MENOR TRANSPORTE ESPECIAL TRABAJADORES TAXI Remisse Estación Independ. TURISTICO Traslado Visita Local Excursión Gira Circuito ESTUDIANTES

V DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑAN LA SOLICITUD SEGÚN REQUISITOS DEL TUPA

NO SE ACEPTAN BORRONES NI ENMENDADURAS

VI. DERECHO DE TRAMITACION (sólo uso interno)

Nº DE RECIBO DE OPERACIÓN DEL BANCO
VII. DECLARACION JURADA

FECHA _ _/___/___

FECHA _ _/___/___

Nº PROCED.

DECLARO BAJO JURAMENTO QUE LOS DATOS EXPRESAN LA VERDAD

HUELLA DIGITAL

_____________________________________ FIRMA DEL SOLICITANTE
Ley Nº 27444 (Art. 32º numeral 32.3) Texto: En caso de comprobar fraude o falsedad en la declaración, información o en la documentación presentada por el administrado, la entidad considerará no satisfecha la exigencia respectiva para todos sus efectos, procediendo a comunicar el hecho a la autoridad jerárquicamente superior, si lo hubiere, para que se declare la nulidad del acto administrativo sustentado en dicha declaración, información o documento. Imponga a quien haya empleado esa declaración, información o documento una multa a favor de la entidad entre dos y cinco unidades impositivas tributarias vigentes a la fecha de pago; y además, si la conducta se adecua a los supuestos previsores en el Título XIX Delitos Contra la Fe Pública del Código Penal, ésta deberá comunicarse al Ministerio Público para que interponga la acción penal correspondiente.

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