Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2017 (20/06/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 2

2 GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DEL RIMAC

NORMAS LEGALES

Martes 20 de junio de 2017 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAYNAS R.A. Nº 009-2017-A-MPM..- Actualizan conformación del Comité de Inversiones encargado de los procesos de la inversión privada en el marco del D. Leg. N° 1224 y su Reglamento 27

D.A. Nº 003-2017-MDR.- Aprueban el Cronograma de Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año 2018 de la Municipalidad 26

SEPARATA ESPECIAL
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA

PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE LA PERLA R.A. Nº 270-2017-A-MDLP.Designan funcionario responsable de remitir ofertas de empleo de la Municipalidad al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo 27

Res. Nº 137 A 140-2017-OS/CD.- Resuelven diversos Recursos de Reconsideración interpuestos contra la Res. N° 058-2017-OS/CD mediante la cual se aprobó el Cargo RER Autónomo aplicable al servicio de suministro de energía en Áreas No Conectadas a Red PCM, en lo que respecta a los portales de internet de la Presidencia del Consejo de Ministros. Asimismo, mediante la citada resolución ministerial se designó al Director de la Oficina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros, como funcionario responsable de brindar al público la información creada u obtenida o que se encuentre en posesión o bajo control de los órganos de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el literal i) del artículo 36 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 022-2017-PCM, establece que la Oficina de Prensa e Imagen Institucional tiene entre sus funciones dar cumplimiento a las normas sobre transparencia y acceso a la información pública; Que, en tal sentido, y de acuerdo a la nueva estructura orgánica y funcional de la Presidencia del Consejo de Ministros, contenida en su Reglamento de Organización y Funciones; corresponde designar al nuevo funcionario responsable de atender los pedidos de acceso a la información pública que se realicen en el marco de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 022-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 280-2007-PCM, que precisó y designó a los funcionarios responsables de los portales de internet de la Presidencia del Consejo de Ministros, y de brindar la información creada u obtenida o que se encuentre en posesión o bajo control de los órganos de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 2.- Designar a el/la Jefe/a de la Oficina de Prensa e Imagen Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros, como responsable de brindar la información de acceso público que se solicite a la Presidencia del Consejo de Ministros al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo 3.- Los órganos de la Presidencia del Consejo de Ministros, bajo responsabilidad, se encuentran obligados a facilitar la información y/o documentación que solicite el/la Jefe/a de la Oficina de Prensa e Imagen Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el marco de las solicitudes de acceso a la información pública al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; para el oportuno cumplimiento de los plazos establecidos en la Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1534741-1

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Designan a el/la Jefe/a de la Oficina de Prensa e Imagen Institucional como responsable de brindar la información de acceso público que se solicite a la Presidencia del Consejo de Ministros
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 164-2017-PCM Lima, 16 de junio de 2017 CONSIDERNADO: Que, la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, ordenada en un Texto Único aprobado mediante el Decreto Supremo N° 043-2003PCM, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, de acuerdo a los artículo 5 y 8 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; las entidades deben designar al funcionario/a responsable de entregar la información solicitada en virtud de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, y modificatorias, dispone en los literales b) y c) de su artículo 3 que es obligación de la máxima autoridad de la Entidad, bajo responsabilidad, designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público y designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia; Que, asimismo, el artículo 4 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, dispone que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia, se efectuará mediante resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, en atención a ello, mediante la Resolución Ministerial N° 280-2007-PCM, se precisó que corresponde al Jefe de la Oficina de Sistemas de la Presidencia del Consejo de Ministros dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 043-2003-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.