Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2017 (20/06/2017)
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TEXTO DE LA PÁGINA 13
El Peruano / Martes 20 de junio de 2017
NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:
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Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Roberto Bel Urbina, al cargo de Director de la Oficina de Atención al Ciudadano de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1534821-1
Designan Director de la Oficina de Atención al Ciudadano de la Secretaría General del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 233-2017-VIVIENDA Lima, 19 de junio de 2017 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Oficina de Atención al Ciudadano de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor David Samuel Bastidas Villanes, en el cargo de Director de la Oficina de Atención al Ciudadano de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1534821-2
Modifican Manual de Operaciones del Programa Nacional de Saneamiento Urbano y organigrama
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 234-2017-VIVIENDA Lima,19 de junio de 2017 VISTOS, el Informe N° 745-2017-VIVIENDA/VMCS/ PNSU/1.0 de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano PNSU y el Memorándum N° 971-2017-VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,
Que, mediante Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se establece que este Ministerio tiene por finalidad, normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; que es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia; y que tiene como competencia exclusiva, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales así como la gestión de los recursos del Sector; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2007-VIVIENDA se crea el Programa Agua para Todos en el Viceministerio de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cuya denominación fue modificada por la Única Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Supremo Nº 002-2012-VIVIENDA a Programa Nacional de Saneamiento UrbanoPNSU, estableciendo su ámbito de intervención a las áreas urbanas a nivel nacional; Que, con Resolución Ministerial N° 106-2017-VIVIENDA, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de marzo de 2017, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Saneamiento Urbano PNSU, documento técnico normativo de gestión institucional, en el cual se determinan la naturaleza, objetivos, funciones, estructura orgánica, ámbito de competencia y procesos de las unidades que conforman dicho Programa; Que, el Programa Nacional de Saneamiento Urbano PNSU, de acuerdo a su Manual de Operaciones, es un programa bajo el ámbito del Viceministerio de Construcción y Saneamiento, orientado a posibilitar el acceso de la población del ámbito urbano a los servicios de saneamiento de calidad y sostenibles, cuyas líneas de intervención, según el artículo 5 del citado MOP, se orientan prioritariamente a: a) Construcción, mejoramiento, rehabilitación y/o ampliación de infraestructura de los servicios de saneamiento; b) Fortalecimiento de capacidades de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y prestadores de los servicios de saneamiento; y, c) Fortalecimiento de la educación sanitaria y de uso racional de recursos hídricos por la población; Que, mediante Informe N° 745-2017-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, propone la modificación del Manual de Operaciones del PNSU, aprobado por Resolución Ministerial N° 106-2017-VIVIENDA, a efectos de ampliar la cobertura y promover el uso sostenible de los servicios de agua y saneamiento en el ámbito de intervención del PNSU, áreas urbanas a nivel nacional, de manera coordinada y concertada con entidades nacionales, regionales y locales; para el cumplimiento de las líneas de intervención del PNSU, por lo que, es necesario contar con una organización desconcentrada con presencia en las veinticuatro (24) regiones del país, a través de la cual se prevé que las Áreas Territoriales, que sustituyen a las Áreas de Gestión Regional, puedan gestionar el financiamiento de los proyectos con opinión técnica favorable, y a fin de brindar, de manera desconcentrada, un mejor servicio así como el uso óptimo de los recursos; Que, por Memorándum N° 971-2017-VIVIENDA-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, con el sustento del Informe N° 281-2017-VIVIENDA/OGPPOPM de su Oficina de Planeamiento y Modernización, encuentra conforme la modificación del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Saneamiento Urbano PNSU, propuesta por el citado Programa, toda vez que se encuentra acorde con la Directiva General Nº 006-2016-VIVIENDA-SG "Lineamientos para la elaboración, aprobación y modificación de los Manuales de Operaciones de los Programas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento", aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 057-2016-VIVIENDA-SG; Que, en consecuencia, es necesario modificar el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, aprobado por Resolución Ministerial