Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2017 (20/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Martes 20 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo 3.- Aprobar el Anexo: Texto Actualizado del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Saneamiento Urbano ­ PNSU, aprobado por Resolución Ministerial N° 106-2017-VIVIENDA y modificado por los artículos 1 y 2 de la presente Resolución, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y del Anexo: Texto Actualizado del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Saneamiento Urbano ­ PNSU, en el Portal Electrónico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1534834-1

Modifican Manual de Operaciones del Programa Nacional de Saneamiento Rural PNSR y aprueban texto actualizado
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 235-2017-VIVIENDA Lima, 19 de junio de 2017 VISTOS: El Informe Nº 298-2017/VIVIENDA/VMCS/ PNSR/DE del Programa Nacional de Saneamiento Rural ­ PNSR y el Memorándum N° 940-2017-VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se establece que este Ministerio tiene por finalidad, normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; que es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia; y que tiene como competencia exclusiva, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, así como la gestión de los recursos del Sector; Que, el artículo 99 del Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el citado Ministerio cuenta con programas cuyas competencias, objetivos, funciones y organización se regulan de acuerdo a las normas de creación y demás complementarias respectivas, siendo uno de ellos el Programa Nacional de Saneamiento Rural ­ PNSR; Que, por Decreto Supremo Nº 002-2012-VIVIENDA, se crea el Programa Nacional de Saneamiento Rural ­ PNSR, bajo el ámbito del Viceministerio de Construcción y Saneamiento, orientado a posibilitar el acceso de la población del ámbito rural, al agua y saneamiento de calidad y sostenibles; Que, mediante Resolución Ministerial 013-2017-VIVIENDA, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Saneamiento Rural ­ PNSR, documento técnico normativo de gestión institucional, en el cual se determinan la naturaleza, objetivos, funciones, estructura orgánica, ámbito de competencia y procesos de los órganos que conforman dicho Programa; Que, mediante el Informe Nº 298-2017-VIVIENDA/ VMCS/PNSR/DE, el Programa Nacional de Saneamiento Rural ­ PNSR, con el sustento del Informe Legal N° 0302017/VIVIENDA/VMCS/PNSR/UAL/MMG y del Informe N° 310-2017/VIVIENDA/VMCS/PNSR/UPP, propone la modificación del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Saneamiento Rural ­ PNSR, aprobado por Resolución Ministerial 013-2017-VIVIENDA; a efectos de

dar una atención oportuna y eficiente a los requerimientos de financiamiento de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales a través de la Áreas de Gestión Territorial del mencionado programa; así como, obtener mayores niveles de eficiencia y optimización en el uso de los recursos públicos; Que, con Memorándum Nº 940-2017-VIVIENDAOGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hace suyo el Informe Nº 273-2017-VIVIENDA/OGPP-OPM de su Oficina de Planeamiento y Modernización, y señala que es procedente realizar la modificación al Manual de Operaciones del Programa Nacional de Saneamiento Rural ­ PNSR propuesta por el citado Programa; Que, en consecuencia, es necesario modificar el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Saneamiento Rural ­ PNSR, aprobado por Resolución Ministerial N° 013-2017-VIVIENDA, conforme a los lineamientos y procedimientos establecidos en la Directiva General Nº 006-2016-VIVIENDA-SG; De conformidad con la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA y modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Supremo Nº 002-2012-VIVIENDA, que crea el Programa Nacional de Saneamiento Rural ­ PNSR; la Resolución de Secretaría General Nº 057-2016-VIVIENDA-SG, que aprueba la Directiva General Nº 006-2016-VIVIENDASG "Lineamientos para la elaboración, aprobación y modificación de los Manuales de Operaciones de los Programas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento"; y, la Resolución Ministerial 013-2017-VIVIENDA, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Saneamiento Rural ­ PNSR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar los artículos 23, 37, 38, 41, 42, 43, 44 y 47 (numeral 47.1) del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Saneamiento Rural ­ PNSR, aprobado por Resolución Ministerial N° 013-2017-VIVIENDA, los cuales quedan redactados en los siguientes términos: "Artículo 23.- Funciones de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto Las funciones de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto son las siguientes: a) Conducir las actividades de los sistemas de planeamiento, modernización, presupuesto y Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; b) Realizar el seguimiento y evaluación de desempeño del Programa en el cumplimiento de las metas y objetivos plasmados en los Planes de Mediano y Corto plazo del Programa; c) Coordinar y conducir la formulación participativa, seguimiento y evaluación del Plan de Mediano Plazo, el Plan Operativo Institucional y el Presupuesto Institucional del Programa; d) Proponer a la Dirección Ejecutiva, los lineamientos y estrategias de intervención desconcentrada del Programa, en concordancia con las políticas sectoriales y los objetivos estratégicos del MVCS, monitoreando su cumplimiento; e) Proponer a la Dirección Ejecutiva la priorización del gasto de inversión, en armonía con las políticas y objetivos estratégicos del Sector; f) Promover y coordinar la suscripción de convenios con otros Programas del sector, sectores y entidades privadas, así como, la cooperación internacional, y realizar el seguimiento de los compromisos; g) Conducir y evaluar la gestión del Programa Presupuestal 083 de manera articulada en los tres niveles de gobierno, en materias de su competencia y en el marco de la normatividad vigente;

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