Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2017 (20/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Martes 20 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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social, con la autorización expresa de la Dirección Ejecutiva; h) Promover la capacitación, el entrenamiento profesional y desarrollo de competencias de los especialistas en proyectos de agua y saneamiento rural de los ámbitos regional y local; i) Tramitar el financiamiento mediante transferencias, de proyectos presentados por los Gobiernos Regionales y/o Locales que hayan cumplido con los requisitos y procedimientos determinados por el Sector; j) Brindar asistencia técnica y asesoramiento a las Áreas de Gestión Territorial para el monitoreo de los convenios de financiamiento, ejecución de proyectos, obtención de autorizaciones y/o certificaciones; así como, el fortalecimiento de capacidades en gestión de servicios y educación sanitaria, en coordinación con la Unidad Técnica para la Mejora de la Prestación de los Servicios; k) Monitorear y evaluar los indicadores de gestión de las Áreas de Gestión Territorial que el Programa establezca; l) Proponer, elaborar y visar proyectos de Resoluciones Directorales, contratos, adendas, convenios y otros en lo que corresponda a materias de su competencia; m) Elaborar información de su competencia, así como, atender las solicitudes de información requeridas; n) Emitir los informes técnicos de su competencia; y, o) Las demás que, en el ámbito de su competencia, le sean asignadas por la Dirección Ejecutiva. La Unidad Técnica de Gestión Territorial, desarrolla sus funciones en forma desconcentrada, a través de las Áreas de Gestión Territorial." "Artículo 43.- Las Áreas de Gestión Territorial Las Áreas de Gestión Territorial son instancias desconcentradas del PNSR, responsables de coordinar, ejecutar y controlar en el ámbito territorial que se le asigne, las acciones necesarias para la declaratoria de admisibilidad de las solicitudes de transferencias de los Gobiernos Regionales y Locales, la evaluación de la calidad de sus expedientes técnicos y la emisión del informe de conformidad técnica para el financiamiento. Asimismo, se encarga de brindar asistencia técnica y monitorear la labor de fortalecimiento de capacidades de Gobiernos Regionales y Locales para la mejora de la prestación del servicio. Cada Área de Gestión Territorial está a cargo de un Coordinador de Área." "Artículo 44.- Funciones del Área de Gestión Territorial Las funciones del Área de Gestión Territorial son las siguientes: a) Representar al PNSR ante las autoridades de su ámbito con autorización expresa de la Dirección Ejecutiva; asimismo, coordinar con los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, SUNASS y demás entidades públicas y privadas, en asuntos de su competencia; b) Declarar la admisibilidad de las solicitudes de transferencias de los Gobiernos Regionales y Locales, evaluar la calidad de sus expedientes técnicos y emitir el informe de conformidad técnica de financiamiento, de ser el caso; c) Coordinar, y monitorear la gestión y asistencia técnica para la ejecución de proyectos integrales, la prestación del servicio y la educación sanitaria, en el territorio asignado; d) Proponer a la Unidad Técnica de Gestión Territorial la programación multianual de presupuesto y el financiamiento de actividades y proyectos del ámbito territorial asignado; e) Implementar, a través de los Gobiernos Regionales y Locales, las estrategias de sostenibilidad de las inversiones en agua y saneamiento rural del territorio asignado, en coordinación con la SUNASS y demás entidades públicas y privadas que correspondan; f) Participar y coordinar en los espacios regionales y locales que promueven el acceso y la prestación sostenible de servicios de agua y saneamiento rural; g) Difundir y orientar la aplicación de los lineamientos, instructivos, guías, directivas,

metodologías y documentos técnicos formulados por las unidades y programas que forman parte del PNSR; h) Proponer la suscripción de convenios y/o acuerdos de gestión con el gobierno regional y gobiernos locales, así como con otras entidades públicas y privadas, para intervenciones integrales en agua y saneamiento rural; i) Administrar los contratos y/o convenios para el desarrollo de estudios y expedientes técnicos; así como, para la ejecución de proyectos de su ámbito, encargados por la Unidad Técnica de Proyectos; j) Coordinar con la Unidad Técnica de Gestión Territorial y la Unidad Técnica para la Mejora de la Prestación de los Servicios, las acciones de capacitación a los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, instituciones, operadores y población beneficiaria de su jurisdicción; k) Brindar asesoría y asistencia técnica a los gobiernos regionales y locales de su ámbito y entes colectivos de la localidad, en materia de diseño, ejecución, monitoreo y supervisión de proyectos integrales de agua y saneamiento rural; así como, en materia de fortalecimiento de capacidades para la prestación y mantenimiento de los servicios de agua y saneamiento; l) Formular estudios y expedientes técnicos en casos especiales determinados por la autoridad superior; m) Coordinar la difusión de la lógica del Programa Presupuestal 083 y los Modelos Operacionales para articular la labor de los tres niveles de gobierno y operadores de los sistemas, en las intervenciones territoriales de agua y saneamiento rural; n) Brindar asistencia técnica, acompañar y facilitar los procesos de obtención de las autorizaciones, certificaciones, declaraciones y/u opiniones favorables necesarias para el proyecto; así como, verificar su presentación; o) Ordenar, custodiar y mantener actualizado el inventario de los expedientes técnicos, costos unitarios y referenciales de los proyectos financiados mediante transferencias, incluyendo el inventario de fichas técnicas de los proyectos; p) Elaborar información de su competencia, así como, atender las solicitudes de información requeridas; q) Emitir los informes técnicos de su competencia; y, r) Las demás que, en el ámbito de su competencia, le sean asignadas por su jefe inmediato." "Artículo 47.- Cuadro de Puestos del Programa 47.1.- El PNSR, para el logro de sus metas y objetivos, y el ejercicio de las funciones y actividades señaladas en el presente MOP, cuenta con la siguiente relación de puestos distribuidos en la Estructura Organizacional: Nº DE ORDEN I. I.1

DENOMINACION DEL PUESTO UNIDADES DE DIRECCION DIRECCIÓN EJECUTIVA Director Ejecutivo Asesor de Dirección Ejecutiva Especialista en Comunicación y Concertación Asistente Administrativo Técnico Administrativo Conductor de Vehículo

CANTIDAD 12 8 1 2 1 2 1 1 4 1 2 1

I.2

COORDINACIÓN TÉCNICA Coordinador Técnico Especialista en Seguimiento Especialista en Comunicaciones

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