Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2017 (09/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES
MATERIA:

Jueves 9 de noviembre de 2017 /

El Peruano

de necesidad publica, interés nacional, seguridad nacional y/o de gran envergadura, son transferidos a título gratuito y automáticamente al sector, gobierno regional o gobierno local o titular del proyecto al cual pertenece el proyecto, en la oportunidad que estos lo señalan y por el solo mérito de la resolución administrativa que emita la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN)"; Que, de la documentación presentada por la solicitante, y tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde aprobar la primera inscripción de dominio a favor de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima ­ SEDAPAL en el marco del Decreto Legislativo N° 1192 del predio urbano de 99,99 m², denominado Terreno A, ubicado al Sureste de la manzana K1 del pueblo joven San Juan de Dios y colindante al reservorio 940 de SEDAPAL, distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima, conforme consta del Plano Perimétrico de Independización N° PE-01 y la Memoria Descriptiva s/n, conforme consta del Plano Perimétrico N° PE-01, el Plano de Ubicación N° UBI-01 y la Memoria Descriptiva s/n, suscritos por la verificadora catastral Ingeniera Geógrafa Elizabeth Milagros Alayo Peralta, remitidos por la solicitante; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal N° 1045-2017/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 09 de octubre de 2017 (folios 53 al 55); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio en el marco del Decreto Legislativo N° 1192 a favor de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima ­ SEDAPAL del predio urbano de 99,99 m², denominado Terreno A, ubicado al Sureste de la manzana K1 del pueblo joven San Juan de Dios y colindante al reservorio 940 de Sedapal, distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima, según el plano perimétrico y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente resolución, efectuará la primera inscripción de dominio del predio descrito en el artículo precedente a favor de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima ­ SEDAPAL, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese y publíquese. CARLOS GARCIA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1584434-6

RENOVACIÓN DE DESIGNACIÓN DE LOS VOCALES A CARGO DE LAS SALAS UNIPERSONALES DE LAMBAYEQUE Y JUNÍN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SOLUCIÓN DE RECLAMOS DE USUARIOS.

VISTOS: La propuesta del Presidente del Consejo Directivo presentada en la Sesión N° 652, sobre la renovación de la designación de los Vocales titulares a cargo de las Salas Unipersonales de Lambayeque y Junín del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios; el Informe Nº 00039-ST/2017 de la Secretaría Técnica de los Órganos Colegiados, que recomienda dicha renovación; y con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27336, Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones ­ OSIPTEL, establece en su artículo 37 que el Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (en adelante, el TRASU) es competente para resolver los reclamos de los usuarios en segunda instancia; siendo, su conformación y funcionamiento, definidos por el OSIPTEL mediante Resolución del Consejo Directivo. Que, el artículo 94° del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2001-PCM, establece que este Organismo conoce y resuelve los reclamos a través del TRASU. Asimismo, dispone que los integrantes del TRASU son designados por el Consejo Directivo, pudiendo establecer su número y el mecanismo de conformación de las Salas, de acuerdo a sus necesidades. Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 102-2017-CD/OSIPTEL, de fecha 7 de septiembre de 2017, se aprobó el Reglamento Interno del TRASU. Que, el artículo 5 del Reglamento Interno del TRASU establece el nombramiento de los Vocales por un periodo de tres (3) años, renovables. Igualmente, el citado artículo establece que el referido nombramiento se realiza anualmente; de manera tal que, secuencialmente, se produzca la renovación de un tercio de los Vocales cada año. Que, asimismo, el referido artículo 5 del Reglamento Interno del TRASU establece que las disposiciones establecidas respecto al periodo del nombramiento y la renovación de los Vocales no son aplicables a las Salas Unipersonales Desconcentradas. En estos casos, el Vocal permanece en el cargo en tanto no se configure alguna de las causales de vacancia contempladas en el artículo 7 del citado Reglamento. Que, mediante Resolución N° 121-2014-CD/OSIPTEL, de fecha 10 de octubre del 2014, el Consejo Directivo del OSIPTEL constituyó una Sala Unipersonal del TRASU en Lambayeque y una Sala Unipersonal del TRASU en Junín, asignándole a cada una competencias para la tramitación de expedientes de: (i) queja, (ii) apelación cuyo plazo de solución sea de quince (15) días hábiles y (iii) apelación en los que el monto reclamado no supere los S/. 100.00 (Cien y 00/100 Soles); y otorgándole competencia territorial en función al domicilio del usuario reclamante, delimitado en la circunscripción departamental de Lambayeque y Junín, respectivamente. Que, adicionalmente, a través de la Resolución citada en el párrafo precedente, se designó, a partir del 25 de noviembre de 2014, como Vocal titular del TRASU del OSIPTEL a cargo de la Sala Unipersonal de Lambayeque al Jefe de la Oficina Desconcentrada de Lambayeque, señor Luis Zambrano Cárdenas. De igual manera, se designó, a partir del 25 de noviembre de 2014, como Vocal titular del TRASU del OSIPTEL a cargo de la Sala Unipersonal de Junín a la Jefa de la Oficina Desconcentrada de Junín, señora Rocío Vásquez-Caicedo Airas. Que, estando próximo el vencimiento del periodo por el cual fueron designados los indicados Vocales del TRASU, resulta necesario adoptar medidas destinadas a garantizar la continuidad de la gestión de dicho Tribunal.

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Renuevan designación de Jefes de las Oficinas Desconcentradas de Lambayeque y Junín como Vocales titulares de Tribunales Administrativos de Solución de Reclamos de Usuarios a cargo de las Salas Unipersonales de Lambayeque y Junín
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 131-2017-CD/OSIPTEL Lima, 02 de noviembre de 2017

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