Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2017 (21/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Martes 21 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES PROYECTO
ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL

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PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Ordenanza Nº 029-2017/MPH.- aprueban beneficios de regularización a la omisión de la presentación de declaraciones juradas del impuesto predial en la Municipalidad Provincial de Huaura 42 Ordenanza Nº 030-2017/MPH.Aprueban el procedimiento para arrendar los bienes inmuebles de propiedad de la Municipalidad Provincial de Huaura a favor de personas naturales o personas jurídicas del sector público o privado, destinados a uso de vivienda, servicios o comercio 44 Ordenanza Nº 031-2017/MPH.- Aprueban el reglamento que otorga bono de descuento por buen pagador sobre deudas No Tributarias o deudas Tributarias a eleccion del contribuyente del distrito 45 D.A. Nº 007-2017/MPH.- Ratifican el Reglamento Interno de la Instancia Provincial de Concertación para erradicar la violencia contra la mujer y los integrantes de grupo familiar de la Provincia de Huaura, aprobado mediante Acta Nº 002-2017-IPCEVCMIGF 46 D.A. Nº 009-2017/MPH.- Disponen el Embanderamiento General de las viviendas, locales comerciales, instituciones públicas y privadas, con sede en la Ciudad de Huacho, capital de la Provincia de Huaura 47

Res. Nº 030-2017-OEFA/CD.- Disponen la publicación del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprobaría la "Tipificación de infracciones administrativas y escala de sanciones aplicable a las actividades de procesamiento industrial pesquero y acuicultura de mediana y gran empresa que se encuentran bajo el ámbito de competencia del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA" 47

SEPARATA ESPECIAL
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA Res. Nº 071-2017-SUNEDU/CD.- Resolución que otorga la Licencia Institucional a la Universidad de Ciencias y Humanidades, para ofrecer el servicio educativo superior universitario base al cual perciben su pensión de conformidad con los artículos 5, 10, 39 y 41 del Decreto Ley 19846 y sus normas modificatorias y complementarias". DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA. Implementación La implementación de la modificación establecida en la presente ley se financia a partir del año fiscal 2018, con cargo a los presupuestos de los pliegos del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior y a las asignaciones presupuestales que se aprueben para este fin. SEGUNDA. Adecuación del reglamento El Poder Ejecutivo, en un plazo de treinta días, adecua las disposiciones reglamentarias a la presente ley. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA. Derogación Deróganse la segunda disposición complementaria transitoria del Decreto Supremo 246-2012-EF, Decreto Supremo que establece el procedimiento de implementación progresiva de la estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, y la sexta disposición complementaria transitoria del Decreto Supremo 013-2013-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo 1132. POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión del Pleno del Congreso realizada el día cuatro de mayo de dos mil diecisiete, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los veinte días del mes de noviembre de dos mil diecisiete. LUIS GALARRETA VELARDE Presidente del Congreso de la República MAURICIO MULDER BEDOYA Tercer Vicepresidente del Congreso de la República 1588581-1

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 30683
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO 1133, DECRETO LEGISLATIVO PARA EL ORDENAMIENTO DEFINITIVO DEL RÉGIMEN DE PENSIONES DEL PERSONAL MILITAR Y POLICIAL, A FIN DE REGULAR LAS PENSIONES DE LOS PENSIONISTAS DEL DECRETO LEY 19846
Artículo Único. Modificación de la segunda disposición complementaria final del Decreto Legislativo 1133, Decreto Legislativo para el ordenamiento definitivo del régimen de pensiones del personal militar y policial Modifícase la segunda disposición complementaria final del Decreto Legislativo 1133, Decreto Legislativo para el ordenamiento definitivo del régimen de pensiones del personal militar y policial, en los siguientes términos: "DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES [...] SEGUNDA.- De la pensión actual en el régimen del Decreto Ley 19846 Los pensionistas del régimen de pensiones del Decreto Ley 19846, perciben como pensión un monto equivalente a la remuneración consolidada que se otorga al personal militar y policial en actividad dispuesto en el Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, según el grado remunerativo en

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