Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2017 (21/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

4 PODER EJECUTIVO

NORMAS LEGALES

Martes 21 de noviembre de 2017 /

El Peruano

AGRICULTURA Y RIEGO
Aprueban diversos formatos de la Autoridad Nacional del Agua para el procedimiento de evaluación del Instrumento de Gestión Ambiental para la Formalización de Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal (IGAFOM)
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 287-2017-ANA Lima, 20 de noviembre de 2017 VISTOS: El Memorándum (M) N°091-2017-ANA-DARH, de fecha 14 de noviembre de 2017, de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos; y, el Memorándum N°1845-2017-ANA-DGCRH, de fecha 15 de noviembre de 2017, de la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos; CONSIDERANDO: Que, según el numeral 3 del artículo 15° de la Ley N°29338, Ley de Recursos Hídricos, es una de las funciones de la Autoridad Nacional del Agua dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestión integral y sostenible de los recursos hídricos; Que, la Resolución Jefatural N°106-2011-ANA establece y regula el procedimiento para la emisión de la opinión técnica que debe emitir la Autoridad Nacional del Agua en los estudios ambientales relacionados con los recursos hídricos, señalando en su artículo 3° que se emitirá opinión técnica respecto a los Programas de Adecuación y Manejo Ambiental y demás instrumentos de gestión ambiental complementarios del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, de ser requeridos; Que, mediante Decreto Legislativo N°1293, Decreto Legislativo que Declara de Interés Nacional la Reestructuración del Proceso de Formalización de las Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal, se crea el Proceso de Formalización Mineral Integral, a cargo de las Direcciones y/o Gerencias Regionales de Energía y Minas, o de quien haga sus veces, en el marco de sus competencias; Que, a fin de canalizar el proceso antes mencionado, mediante Decreto Legislativo N°1336, se crea el Instrumento de Gestión Ambiental para la Formalización de Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal (IGAFOM), el cual presentan los mineros informales inscritos en el Registro Integral de Formalización Minera ante la autoridad competente; Que, mediante Decreto Supremo N°038-2017-EM se "Establecen Disposiciones Reglamentarias para el Instrumento de Gestión Ambiental para la Formalización de Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal", indicándose en su artículo 12° que la aprobación del IGAFOM debe contar con la opinión favorable de la Autoridad Nacional del Agua, a fin que se emita opinión sobre la disponibilidad hídrica y la autorización de vertimiento y/o reúso de aguas residuales tratadas. Asimismo, se indica que no se requerirá opinión técnica cuando el administrado presente el formato de declaración jurada de no uso del recurso hídrico; Que, la norma citada en el párrafo anterior establece también en su Décima Segunda Disposición Complementaria Final que la ANA en un plazo de treinta (30) días calendario contados a partir de su publicación, aprobará los formatos de "Acreditación de disponibilidad hídrica y autorización de vertimiento y/o reúso de aguas residuales tratadas para el procedimiento de evaluación del IGAFOM", así como de "Declaración jurada de no uso del recurso hídrico para el procedimiento de evaluación del IGAFOM", los mismos que formarán parte del IGAFOM; Que, en el marco de sus competencias, y en aras de cumplir lo dispuesto en la normativa precitada, mediante Memorando (M) N°091-2017-ANA-DARH y

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Designan Gerente Administrativa de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 019-2017-PCM/RCC Lima, 20 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada Ley, se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad; Que, asimismo, el artículo 6 de la referida Ley dispone que la resolución de designación de funcionarios en cargos de confianza surte efecto a partir del día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposición en contrario que postergue su vigencia; Que, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres, se crea la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, como entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter excepcional y temporal, encargada de liderar e implementar el Plan Integral; Que, mediante Decreto Supremo N° 088-2017-PCM se aprueban las Disposiciones que regulan la organización y funcionamiento de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, estableciéndose en el inciso ñ) del artículo 8 de dichas Disposiciones, que la Dirección Ejecutiva tiene como función, designar y remover a los titulares de los cargos de confianza de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 007-2017-PCM/RCC se designó a la señora Felicita Vanessa Castro Huanca en el cargo de confianza de Gerente Administrativa de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; Que, la señora Felicita Vanessa Castro Huanca ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, la que resulta pertinente aceptar, y designar al funcionario que desempeñará el citado cargo; En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; y, el Decreto Supremo N° 088-2017-PCM, que aprueba las Disposiciones que regulan la organización y funcionamiento de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora Felicita Vanessa Castro Huanca al cargo de Gerente Administrativa de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Tabata Dulce Vivanco Del Castillo, en el cargo de Gerente Administrativa de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR QUISPE REMÓN Director Ejecutivo Autoridad para la Reconstrucción con Cambios 1588583-1

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