Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2017 (21/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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Nº 3 4 5 6 Grado C. de C. Tte. 1° Tte. 1° Tte. 1° Nacionalidad PERUANA PERUANA PERUANA PERUANA Nombres y Apellidos Alberto Felipe CABRERA López Diego Rafael SAN ROMÁN Burga Néstor Jorge ZUÑIGA Pinasco CIP.

NORMAS LEGALES
DNI. 44652987 44313589 43285390 41931225 00915774 00025392 00031331

Martes 21 de noviembre de 2017 /

El Peruano

Eddy Gabriela JIMÉNEZ Chávez 00099272

b. Técnico Supervisor y Técnicos:
Nº 1 2 3 4 5 Grado TS2 Sea. T2 Moa. T2 Moa. T3 Sea. T3 Eco. Nacionalidad PERUANA PERUANA PERUANA PERUANA PERUANA Nombres y Apellidos Julio Edgardo SOTO Olivera Wilfredo Roy GARCÍA Vilca CIP. DNI.

04876179 43280272 02967340 43322934

Charles Andrés CANCHEROS 00939390 43433576 Cárdenas Luís Enrique PÉREZ Córdova Sandro Choque Gustavo COLQUE 05936317 43378061 02985500 43437405

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Viáticos: US$. 370.00 x 7 días x 11 personas US$. 28,490.00 --------------------TOTAL A PAGAR: US$. 28,490.00

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El Oficial Superior designado más antiguo, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1588580-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, para financiar proyectos de inversión de infraestructura vial
DECRETO SUPREMO Nº 340-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, aprueba, entre otros, los créditos presupuestarios correspondientes a los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; Que, mediante Decreto Supremo N° 059-2010-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 009-2013-MTC, se aprueba la Red Básica del Metro de Lima - Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, la misma que estará conformada sobre la base de seis (06) líneas, entre las cuales se encuentra la Línea 2;

Que, con fecha 28 de abril de 2014 se suscribe el Contrato de Concesión del Proyecto "Línea 2 y Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao", el cual requiere para su implementación generar planes de desvíos en las vías urbanas de la Municipalidad Distrital de Ate, conforme a lo establecido en el numeral 6.74 de la Sección VI Inversiones Obligatorias y Pruebas de Puesta en Marcha del citado Contrato de Concesión; Que, la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, autoriza, excepcionalmente, al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el año fiscal 2017, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Locales para financiar actividades y proyectos de inversión pública de infraestructura vial urbana, a fin de facilitar la ejecución del Proyecto Construcción de la Línea 2 y Ramal Av. Faucett Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao; estableciendo que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones, a propuesta de este último; exceptuando al Ministerio de Transportes y Comunicaciones de lo dispuesto en el literal c) del numeral 41.1 del artículo 41, el artículo 76 y el artículo 80 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, con Memorándum N° 826-2017-MTC/33.1 el Director Ejecutivo de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, remite el Informe N° 171-2017-MTC/33.4 del Jefe (e) de la Oficina de Programación, Evaluación e Información de la AATE, en el cual recomienda gestionar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de VEINTE MILLONES DOSCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES (S/ 20 209 620,00), a favor de la Municipalidad Distrital de Ate, para financiar seis (06) proyectos de inversión de infraestructura vial, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley N° 30518; Que, con Memorando N° 1807-2017-MTC/09, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones hace suyo el Informe N° 263-2017-MTC/09.03 de su Oficina de Presupuesto, por el cual se emite opinión favorable en materia presupuestal al proyecto de Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de VEINTE MILLONES DOSCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES (S/ 20 209 620,00) con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 012: Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo Lima y Callao - AATE, a favor de la Municipalidad Distrital de Ate, destinada al financiamiento de los proyectos de inversión a que se refiere el considerando precedente; en mérito de lo cual, a través del Oficio N° 30502017-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de VEINTE MILLONES DOSCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES (S/ 20 209 620,00), del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 012: Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo Lima y Callao - AATE, a favor del pliego Municipalidad Distrital de Ate, para financiar la ejecución de seis (06) proyectos de inversión de infraestructura vial; De conformidad con lo establecido en la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de VEINTE MILLONES DOSCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES (S/ 20 209 620,00) del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 012: Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo

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