Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2017 (17/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Martes 17 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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VISTOS; la Carta de fecha 7 de setiembre de 2017, de la Asesoría en Justicia Penal de la Embajada Británica en Lima / Fiscalía de la Corona del Reino Unido, la Hoja de Estudio y Opinión N° 373-2017-DIRGEN PNP/ DIRASINT-DIVBEC, de fecha 22 de setiembre de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Informe N° 001585-2017/IN/OGAJ, de fecha 13 de octubre de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 7 de setiembre de 2017, la Asesoría en Justicia Penal de la Embajada Británica en Lima / Fiscalía de la Corona del Reino Unido hace extensiva una invitación a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, a fin que un representante de la Dirección de Investigación de Lavados de Activos de la Policía Nacional del Perú participe en el evento denominado "Estrategias Nacionales para la Recuperación de Bienes", a realizarse del 18 al 20 de octubre de 2017, en el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias ­ República de Colombia; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 373-2017-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 22 de setiembre de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Carlos Noé Guillen Enríquez, Director Encargado de la Dirección de Investigación de Lavado de Activos de la Policía Nacional del Perú, para que participe en el evento antes indicado, a realizarse en el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias ­ República de Colombia, del 17 al 20 de octubre de 2017, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicho evento tiene como objetivo compartir experiencias respecto al diseño de la Estrategia Intergubernamental para la Recuperación de Bienes, aplicada por el Gobierno Británico, a través del cual se pretende exponer como temáticas: i) el uso de extinción de comiso en una estrategia integral para la recuperación de bienes, ii) el uso de extinción de dominio en un estrategia integral para la recuperación de bienes, iii) el nexo entre la recuperación de bienes y crímenes sustantivos (lavado de activos), iv) interacción intergubernamental en la recuperación de bienes; y, v) cooperación internacional en la recuperación de bienes; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el evento indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), alojamiento y alimentación (desayuno y almuerzo), son asumidos por la Embajada Británica en Lima, conforme lo precisa la Carta de fecha 7 de setiembre de 2017, mientras que los gastos por concepto de viáticos (Financiamiento Parcial), son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 6269-2017-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 12 de octubre de 2017, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 0022004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con el visado de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Carlos Noé Guillen Enríquez, del 17 al 20 de octubre de 2017, al Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias ­ República de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos (Financiamiento Parcial), que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe US$ Días Personas Total US$ 74.00 X 3 X 1 = 222.00

Viáticos (20%)

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRÍO IGLESIAS Ministro del Interior 1576657-1

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionario diplomático a Canadá, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0706/RE-2017 Lima, 13 de octubre de 2017

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