Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2017 (11/09/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Lunes 11 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

15

legal Declarando legalmente la aprobación del proyecto del TUPA de la Dirección Regional de Agricultura Junín y, con Oficio Nº 520-2017-GRJ/GGR, el Gerente Regional del Gobierno Regional remite todos los actuados del TUPA solicitando la aprobación respectiva; Que contando con el Dictamen Nº 20-2017-GRJCR/CPPATyDI favorable, de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: "ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ­ TUPA DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE AGRICULTURA JUNÍN" Artículo Primero.- APRUÉBESE el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional de Agricultura Junín, el cual consta de 81 procedimientos y 34 folios, que forman parte de la presente Norma. Artículo Segundo.- DERÓGUESE la Ordenanza Regional Nº 138-2014-GRJ/CR, y toda otra normatividad que contravenga la presente Norma Regional. Artículo Tercero.- DISPÓNGASE que la Oficina de Tecnología de la Información y Comunicaciones publique el presente Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional de Agricultura Junín, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE, y en el Portal Institucional, conforme a lo estipulado en el numeral 43.3 del artículo 43º del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Comuníquese al Gobernador Regional del Gobierno Regional Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los cinco días del mes de julio del año dos mil diecisiete. SONIA TORRE ENERO Consejera Delegada POR TANTO: Mando regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Despacho del Gobernador Regional del Gobierno Regional Junín, a los diez días del mes de julio del año dos mil diecisiete. ANGEL D. UNCHUPAICO CANCHUMANI Gobernador Regional 1563194-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA VISTO: El Memorando Nº 319-2017/MDLP/GR de fecha 31 de agosto de 2017, emitido por la Gerencia de Rentas, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativas en los asuntos de su competencia. De igual modo, según el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo con la Ordenanza Nº 014-2017MDLP/AL, publicada el 06 de septiembre de 2017, se INSTITUYE el Programa de Sorteos al "Vecino Punteño Puntual" en el Distrito de La Punta, con la finalidad de reconocer y premiar el pago oportuno del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales entre los contribuyentes del Distrito de La Punta, la misma que en su segundo artículo, faculta a esta Alcaldía a que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas las medidas complementarías, necesarias para la adecuada aplicación de la Ordenanza en mención; Que, en el Memorando de Visto, la Gerencia de Rentas señala que, en vista de lo establecido en la Ordenanza Nº 014-2017-MDLP/AL, plantea el presente proyecto de Decreto de Alcaldía mediante el cual se reglamenta el referido sorteo a ser realizado el 05 de octubre de 2017; Que, de conformidad con el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, mediante Decreto de Alcaldía se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Estando a las consideraciones expuestas, contando con el Informe Nº 221-2017-MDLP/OAJ, con el visto de la Gerencia Municipal, la Gerencia de Rentas y la Oficina de Asesoría Jurídica, y en uso a las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto El presente Decreto tiene como objeto REGLAMENTAR el Sorteo al "Vecino Punteño Puntual" Octubre 2017. Artículo 2°.- Participantes Participan en el Sorteo al "Vecino Punteño Puntual", las personas naturales y jurídicas (propietarios o poseedores) que hayan cumplido con el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2017 (pago trimestral, pago anual o pago mensual) hasta el 04 de octubre de 2017. Artículo 3º.- Exclusiones Se encuentran excluidos de participar en el sorteo: a) El Alcalde del distrito b) Los regidores del Concejo Municipal c) Los funcionarios y directivos de la Municipalidad d) Los trabajadores de la Municipalidad Artículo 4º.- Entrega de cupones El sorteo se realizará a través de cupones diseñados especialmente para ello, los mismos que serán entregados con oportunidad de la cancelación de las obligaciones tributarias del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2017, en las oficinas del Departamento de Atención al Vecino de la Gerencia de Rentas (sito en la Av. Bolognesi N° 645).

GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Reglamentan el Sorteo al "Vecino Punteño Puntual"
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2017-MDLP/AL La Punta, 7 de setiembre de 2017

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.