Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2017 (19/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Martes 19 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Ica, la Cámara de Comercio, Producción y Turismo de Sullana, la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Loreto, la Cámara de Comercio, Agricultura e Industria de Bagua, la Cámara de Comercio de Huancayo y la Cámara de Comercio y Producción de Cajamarca a favor del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, por el importe de S/ 3 457 243,50 (TRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES Y 50/100 SOLES), conforme se detalla en el anexo de un (01) folio que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Las donaciones a que se refiere el artículo precedente serán destinadas a financiar las actividades operativas inherentes a la competencia funcional del MINCETUR. Artículo 3.- Agradecer a las instituciones mencionadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, por su importante contribución Artículo 4.- La Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo es la encargada de realizar las gestiones presupuestarias que se deriven de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1566558-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 344-2017-MINCETUR Lima, 15 de setiembre de 2017 Visto, el Informe N° 060 -2017-MINCETUR/SG/OGA/ OAF-SDT y Memorándum N° 1112-2017-MINCETUR/ SG/OGA de la Oficina General de Administración del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. CONSIDERANDO: Que, la Cámara de Comercio de Lima, la Sociedad Nacional de Industrias, la Asociación de Exportadores, la Cámara de Comercio y Producción de Piura, la Cámara Chinchana de Comercio, Industria, Turismo, Servicios y Agricultura, la Cámara de Comercio y Producción de Aguas Verdes y de la Provincia de Zarumilla, la Cámara de Comercio y la Producción de Puno, la Cámara de Comercio, Industria y Producción de Tacna, la Cámara de Comercio e Industria de Arequipa, la Cámara de Comercio y Producción de Lambayeque, la Cámara de Comercio y Producción de la Libertad, la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Ica, la Cámara de Comercio, Producción y Turismo de Sullana, la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Loreto, la Cámara de Comercio, Agricultura e Industria de Bagua, han efectuado donaciones a favor del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo por S/ 3 147 806,50 (TRES MILLONES CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SEIS Y 50/100 SOLES), correspondientes al período enero a diciembre Ejercicio del 2016; Que el artículo 69 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las donaciones dinerarias provenientes de Instituciones Nacionales o Internacionales, Públicas o Privadas, diferentes a la provenientes de convenios de Cooperación Técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos Públicos; Que, resulta necesario formalizar la aceptación de las donaciones antes mencionadas; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N°

005-2002-MINCETUR y el Manual de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Resolución Ministerial N° 073-2005-MINCETUR/DM; Con las visaciones del Director General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, de la Directora de la Oficina General de Administración y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las donaciones efectuadas en el período 2016 por parte de la Cámara de Comercio de Lima, la Sociedad Nacional de Industrias, la Asociación de Exportadores, la Cámara de Comercio y Producción de Piura, la Cámara Chinchana de Comercio, Industria, Turismo, Servicios y Agricultura, la Cámara de Comercio y Producción de Aguas Verdes y de la Provincia de Zarumilla, la Cámara de Comercio y la Producción de Puno, la Cámara de Comercio, Industria y Producción de Tacna, la Cámara de Comercio e Industria de Arequipa, la Cámara de Comercio y Producción de Lambayeque, la Cámara de Comercio y Producción de la Libertad, la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Ica, la Cámara de Comercio, Producción y Turismo de Sullana, la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Loreto, la Cámara de Comercio, Agricultura e Industria de Bagua a favor del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, por el importe de S/ 3 147 806.50 (TRES MILLONES CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SEIS Y 50/100 SOLES), conforme se detalla en el anexo de un (01) folio que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Las donaciones a que se refiere el artículo precedente serán destinadas a financiar las actividades operativas inherentes a la competencia funcional del MINCETUR. Artículo 3.- Agradecer a las instituciones mencionadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, por su importante contribución Artículo 4.- La Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo es la encargada de realizar las gestiones presupuestarias que se deriven de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1566552-1

Autorizan viaje de representante del Ministerio a México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 347-2017-MINCETUR Lima, 15 de setiembre de 2017 Visto el Memorándum Nº 916-2017-MINCETUR/VMT, del Viceministerio de Turismo, y; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, es el órgano competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; es responsable en materia de la promoción de las exportaciones y de las negociaciones comerciales internacionales; promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible; Que, de acuerdo a lo señalado en el Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2005-MINCETUR, y sus modificatorias, el Viceministerio de Turismo, a través de la Dirección General de Estrategia Turística, tiene entre

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