Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2018 (03/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Martes 3 de abril de 2018

NORMAS LEGALES

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SG/OGPPM/OM, de la Oficina de Modernización; y, los Informes N° 128 y N° 175-2018-MIDIS/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 186-2015PCM, se aprueba el "Manual para Mejorar la Atención a la Ciudadanía", con el objeto de brindar criterios y lineamientos de obligatorio cumplimiento para las entidades de la Administración Pública, con la finalidad de mejorar la labor desempeñada en la atención otorgada al ciudadano y en la provisión de bienes y servicios públicos; para cuyo efecto las entidades públicas deberán prever y realizar de forma eficiente las acciones que garanticen su implementación; Que, por Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 001-2015-PCM-SGP, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros aprueba los "Lineamientos para el proceso de implementación progresiva del Manual para mejorar la atención a la ciudanía en las entidades de la Administración Pública", con el objeto de establecer los mecanismos, condiciones y plazos para garantizar la implementación progresiva del citado Manual, así como la regulación necesaria para efectuar su seguimiento y evaluación en cumplimiento de la Resolución Ministerial N° 186-2015-PCM; Que, de acuerdo con lo señalado en el numeral 4.2.2 de los citados "Lineamientos para el proceso de implementación progresiva del Manual para mejorar la atención a la ciudanía en las entidades de la Administración Pública", el proyecto de mejora es presentado a la Alta Dirección de la entidad, para su validación y aprobación correspondiente; Que, en ese contexto, mediante Oficio Múltiple N° 0063-2017-PCM/SGP, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, comunicó las acciones para la elaboración, validación y aprobación del Plan para Mejorar la calidad de Atención a la Ciudadanía del Sector Desarrollo e Inclusión Social, precisando que dicho plan se aprueba mediante norma emitida por la máxima autoridad administrativa de la entidad; Que, al respecto, mediante Informe N° 75-2018-MIDIS/ SG/OGPPM e Informe N° 28-2018-MIDIS/SG/OGPPM/ OM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Oficina de Modernización, respectivamente, recomiendan y proponen, en el marco de sus competencias, la aprobación del "Plan para mejorar la calidad de servicios a la ciudadanía en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Sociales adscritos 2018", el cual ha sido coordinado con el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, y cuenta con la validación de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el "Plan para mejorar la calidad de servicios a la ciudadanía en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Sociales adscritos 2018", tiene como Objetivo General, garantizar un servicio de calidad a través de la prestación de un servicio eficaz y oportuno a las necesidades que requieran los ciudadanos que se acercan al MIDIS y a los Programas Sociales adscritos en el territorio nacional; asimismo, cuenta con cinco (05) Objetivos Específicos; Que, por otro lado, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, en su Oficio Múltiple N° 0063-2017-PCM/SGP, señala que se deberá gestionar la aprobación del Plan por la Alta Dirección a través de la máxima autoridad administrativa; por lo que considerando lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento de Organización y Funciones del MIDIS, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS, el cual señala que la Secretaría General está a cargo del Secretario General, quien es la más alta autoridad administrativa del Ministerio, y asiste y asesora al Despacho Ministerial en la gestión de aspectos de administración interna del Ministerio; corresponde ser aprobado mediante Resolución de Secretaría General;

Que, en ese sentido, estando a lo propuesto por la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, y la opinión técnica favorable de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Oficina de Modernización, se estima pertinente aprobar el "Plan para mejorar la calidad de servicios a la ciudadanía en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Sociales adscritos 2018"; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS; así como lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 186-2015-PCM, que aprueba el "Manual para Mejorar la Atención a la Ciudadanía"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el "Plan para mejorar la calidad de servicios a la ciudadanía en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Sociales adscritos 2018", el cual forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- El "Plan para mejorar la calidad de servicios a la ciudadanía en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Sociales adscritos 2018" es de obligatorio cumplimiento para los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Sociales adscritos. Artículo 3.- Notificar la presente resolución a la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental; a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; al Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; y al Despacho Viceministerial de las Prestaciones Sociales, a efectos de que por su intermedio se haga de conocimiento de los Programas Sociales adscritos al MIDIS. Artículo 4.- Disponer que a través de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización se lleve a cabo el seguimiento y evaluación de las actividades del Plan para ser informado sobre su cumplimiento a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, disponiendo para ello los instrumentos que se requiera. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe), y en los portales institucionales de los Programas Sociales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVÁN DE LA CRUZ HERMOZA Secretario General 1632592-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Aceptan renuncia de Directora de la Dirección de Política de Inversión Privada
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 126-2018-EF/43 Lima, 2 de abril de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 027-2015EF/43, se designó a la señorita Karin Cristina Granda Sánchez, en el cargo de Director de Programa Sectorial II ­ Directora de la Dirección de Política de Inversión Privada, Categoría F-3, de la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas;

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