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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2018 (12/04/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Jueves 12 de abril de 2018 / El Peruano PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 30751 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE ESTABLECE NUEVOS PLAZOS PARA LOS ARTÍCULOS 13 Y 14 DE LA LEY 30693, LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2018, MODIFICADOS POR LA LEY 30739 Artículo 1. Objeto La presente ley tiene por objeto fi jar nuevos plazos para las transferencias de recursos a los que se re fi eren los artículos 13 y 14 de la Ley 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018. Artículo 2. Plazos para las transferencias de recursos del Gobierno Nacional para el fi nanciamiento de inversiones 2.1. Dispónese que los plazos a los que se re fi ere el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, y el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley 30739, Ley que establece nuevos plazos para los artículos 13 y 14 de la Ley 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, para las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del artículo 13 de la Ley 30693, se fi jan conforme a lo siguiente: a) Se autorizan hasta el 21 de mayo de 2018, debiéndose emitir el decreto supremo correspondiente dentro del plazo antes indicado. b) Las propuestas de decreto supremo correspondientes solo pueden ser presentadas al Ministerio de Economía y Finanzas, hasta el 9 de mayo de 2018. c) Vencido el plazo al que se re fi ere el literal b), de haber saldos antes del 31 de mayo de 2018, el Presidente del Consejo de Ministros expone a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República los saldos de cada pliego. 2.2. Establécese que los plazos a los que se re fi ere el numeral 13.3 del artículo 13 de la Ley 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, y el numeral 2.2 del artículo 2 de la Ley 30739, Ley que establece nuevos plazos para los artículos 13 y 14 de la Ley 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, para las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del artículo 13 de la Ley 30693, se fi jan de acuerdo a lo siguiente: a) Se autorizan hasta el 31 de mayo de 2018, debiéndose emitir el decreto supremo correspondiente dentro del plazo antes indicado. b) Las propuestas de decreto supremo correspondientes solo pueden ser presentadas al Ministerio de Economía y Finanzas, hasta el 10 de mayo de 2018.2.3. Dispónese que los plazos a los que se re fi ere el numeral 2.3 del artículo 2 de la Ley 30739, Ley que establece nuevos plazos para los artículos 13 y 14 de la Ley 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, para las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del artículo 14 de la Ley 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se fi jan conforme a lo siguiente: a) Se autorizan hasta el 21 de mayo de 2018, debiéndose emitir el decreto supremo correspondiente dentro del plazo antes indicado. b) Las propuestas de decreto supremo correspondientes solo pueden ser presentadas al Ministerio de Economía y Finanzas, hasta el 9 de mayo de 2018. Artículo 3. Del fi nanciamiento Lo establecido en la presente ley se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de las entidades del Gobierno Nacional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 4. Suspensión de normas Déjanse sin efecto las disposiciones legales que se opongan a lo establecido por la presente ley o limiten su aplicación. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los diez días del mes de abril de dos mil dieciocho. LUIS GALARRETA VELARDE Presidente del Congreso de la República MARIO MANTILLA MEDINA Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de abril del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1636341-1 RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 30752 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL ACUERDO BILATERAL ENTRE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA PARA FORTALECER LA LUCHA CONTRA LA TRATA DE PERSONAS, EL TRÁFICO ILÍCITO DE MIGRANTES Y DELITOS CONEXOS Artículo único. Aprobación de Acuerdo Bilateral Apruébase el Acuerdo Bilateral entre la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia para fortalecer la lucha contra la trata de personas, el trá fi co ilícito de