Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2018 (12/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Jueves 12 de abril de 2018 /

El Peruano

Vistos, el Oficio Múltiple Nº 010-2018-IN-SG de la Secretaría General del Ministerio del Interior, el Memorándum Nº 289-2018-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo, y el Informe Legal Nº 100-2018-MINCETUR/VMT/DGPDT/MAPS de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico, del Viceministerio de Turismo; CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 de la Ley Nº 27790 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (en adelante, MINCETUR), establece que el MINCETUR define, dirige, ejecuta, coordina y supervisa la política de comercio exterior y de turismo, y en materia de turismo promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promoción, orientación y regulación de la artesanía; Que, mediante Resolución Suprema Nº 017-2018IN se creó la Comisión Multisectorial de carácter temporal encargada de elaborar la propuesta del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023, dependiente del Ministerio del Interior (en adelante, MININTER); Que, el artículo 2 de la referida Resolución Suprema, señala que la Comisión Multisectorial está conformada por los representantes, titular y alterno, de diversas entidades, entre ellas del MINCETUR; Asimismo, el artículo 3, establece que las entidades señaladas en el artículo 2 designan a sus representantes titulares y alternos mediante resolución ministerial y comunican tal designación mediante documento escrito dirigido a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial; Que, mediante el oficio del Visto, la Secretaría General del MININTER ha solicitado al MINCETUR, comunique la designación de los representantes titular y alterno/a del Comercio Exterior y Turismo que participarán en la Comisión Multisectorial de carácter temporal encargada de elaborar la propuesta del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27790 - Ley de Organización y Funciones del MINCETUR, Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR y modificatorias; y, la Resolución Suprema Nº 017-20018-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar como representantes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR ante la Comisión Multisectorial de carácter temporal encargada de elaborar la propuesta del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023, a los/las siguientes servidores/as: - Director/a General de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico, del Viceministerio de Turismo, en calidad de titular; y, - Secretario/a Técnico de la Red de Protección al Turista, del Viceministerio de Turismo, en calidad de alterno/a. Artículo 2º.- Notificar la presente Resolución a los/las representantes indicados/as en el artículo precedente y a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial de carácter temporal encargada de elaborar la propuesta del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGERS VALENCIA ESPINOZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1635329-1

Aprueban el Plan de Estrategia Publicitaria 2018 del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 129-2018-MINCETUR Lima, 9 de abril de 2018 Visto, los Memorándums Nºs. 067 y 075-2018-MINCETUR/SG/OCOP de la Oficina de Comunicaciones y Protocolo y el Informe Nº 125-2018-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal, se establecen los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, destinarán al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio y televisión; Que, de acuerdo al artículo 2 de la Ley Nº 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal, se entiende por publicidad institucional, a aquella que tiene por finalidad promover conductas de relevancia social, tales como el ahorro de energía eléctrica, la preservación del medio ambiente, el pago de impuestos, entre otras, así como la difusión de la ejecución de los planes y programas a cargo de las entidades y dependencias; Que, asimismo, el artículo 3 de la citada Ley, regula los requisitos para que el Titular del Pliego autorice la realización de publicidad estatal, entre los cuales figura el Plan de estrategia publicitaria, el mismo que deberá estar acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias; las mismas que deberán adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales; Que, mediante los documentos del Visto, la Oficina de Comunicaciones y Protocolo, en el marco de sus funciones, propone la aprobación del Plan de Estrategia Publicitaria 2018, el mismo que constituyen publicidad institucional, y que detalla las campañas publicitarias a realizar en el 2018, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal, y precisa que éstas se encuentran en el marco del Plan Operativo Institucional de la entidad; Que, asimismo, a través del Informe Nº 125-2018-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, señala que se cuenta con la disponibilidad presupuestal, necesaria para proceder a la aprobación del Plan de Estrategia Publicitaria 2018 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria 2018 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal; la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria 2018 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones y Protocolo la coordinación y supervisión del cumplimiento del Plan aprobado en el artículo precedente. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y su Anexo en

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