Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2018 (17/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Martes 17 de abril de 2018 /

El Peruano

VISTO: El Informe N° 058-2018-DGRRHH/DIPEC de fecha 08 de marzo de 2018, emitido por la Dirección de Personal Civil de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Defensa (Unidad Ejecutora 001: Administración General). CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, Rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, es función de la mencionada autoridad planificar y formular las políticas nacionales del sistema, en materia de desarrollo y capacitación; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1025, se aprueban las normas de capacitación y rendimiento para el sector público, con la finalidad de regular la capacitación y evaluación de las personas al servicio del Estado, correspondiéndole a la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR la función de planificar, desarrollar, así como gestionar y evaluar la política de capacitación conforme a lo dispuesto por el artículo 4 de dicho Decreto Legislativo; Que, conforme a lo prescrito por los artículos 3 y 4 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1025, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2010-PCM, la planificación del desarrollo de las personas al servicio del Estado se implementa a partir de la elaboración y posterior presentación que las entidades públicas hacen a la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR de su Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado (PDP), correspondiendo a dicho organismo definir los contenidos mínimos del mencionado Plan; Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, se aprueba el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, Ley Nº 30057, el cual establece en su artículo 12, que las Oficinas de Recursos Humanos, son las responsables de conducir la capacitación en su Entidad; en virtud a ello, la planifican, ejecutan y evalúan; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 141-2016-SERVIR-PE, del 08 de agosto de 2016, la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR formalizó la aprobación de la Directiva "Normas para la Gestión del Proceso de Capacitación en las Entidades Públicas"; Que, el numeral 6.4 del artículo 6 de la referida Directiva desarrolla el Ciclo del Proceso de Capacitación, el cual tiene como primera etapa la de Planificación, y a su vez, esta etapa contiene cuatro fases, siendo la última de ellas la de "Elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas"; Que, el numeral 6.4.1.4 del artículo 6 de la mencionada Directiva establece que el Plan de Desarrollo de las Personas es el instrumento de gestión para la planificación de las Acciones de Capacitación de cada entidad, cuya elaboración se origina con el Diagnóstico de Necesidades de Capacitación; Que, de acuerdo con lo establecido por el numeral 5.2.7 del artículo 5 y el numeral 6.4.1.4 del artículo 6 de mencionada Directiva, el referido Plan debe ser aprobado por el titular de la entidad y deberá ser puesto en conocimiento de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar el Plan de Desarrollo de las Personas Anualizado 2018 del Ministerio de Defensa (Unidad Ejecutora 001: Administración General) ­ PDP 2018; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; en el Decreto Legislativo N° 1023 que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, Rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; en el Decreto Legislativo N° 1025 que aprueba las normas de capacitación y rendimiento para el sector público; en el Decreto Legislativo N° 1134 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; en el Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 0402014-PCM; en el Reglamento del Decreto Legislativo

N° 1025, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2010PCM; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE; y, en la Directiva "Normas para la Gestión del Proceso de Capacitación en las Entidades Públicas", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 141-2016-SERVIR-PE. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan de Desarrollo de las Personas Anualizado 2018 del Ministerio de Defensa (Unidad Ejecutora 001: Administración General) - PDP 2018, que en anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución y su anexo a la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, y a la dirección de correo electrónico pdp@servir.gob.pe; de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8.3 de la Directiva "Normas para la Gestión del Proceso de Capacitación en las Entidades Públicas", aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 141-2016-SERVIR-PE. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa (www.mindef.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1637322-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Director de la Dirección de Seguimiento de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 114-2018-MIDIS Lima, 13 de abril de 2018 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, estableciéndose a la Dirección de Seguimiento de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación como un órgano de línea del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; Que, por Resolución Ministerial Nº 092-2017-MIDIS, se designó al señor José Enrique Velásquez Hurtado en el cargo de Director de la Dirección de Seguimiento, de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, la citada persona ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptarla y designar a la persona que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor José Enrique Velásquez Hurtado al cargo de Director de la Dirección de Seguimiento de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, dándosele las gracias por los servicios prestados.

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