Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2018 (17/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Martes 17 de abril de 2018 /

El Peruano

dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas de Salud Pública en materia de Inmunizaciones; Que, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública ha solicitado la oficialización de las actividades por la "Semana de Vacunación en las Américas" y la aprobación del proyecto Documento Técnico: Plan de la Semana de la Vacunación en las Américas; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; Que, mediante el Informe Nº 193-2018-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido la opinión legal correspondiente; Con el visado del Director General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por Decretos Supremos Nºs. 011-2017-SA y 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Oficializar las actividades por la Semana de Vacunación en las Américas, a realizarse del 22 al 30 de abril de 2018. Artículo 2.- Aprobar el Documento Técnico: Plan de la Semana de la Vacunación en las Américas, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Disponer que se cumpla en todos los distritos del país, con prioridad en aquellos distritos cuyas coberturas de vacunación se encuentran por debajo del 80 %, las actividades de vacunación a ser implementadas de acuerdo a la realidad de cada región de Salud y/o redes integradas de salud. Artículo 4.- Realizar en el marco del "Plan de Sostenibilidad de la Eliminación de Sarampión, Rubeola y Síndrome de Rubeola Congénita" vigente, la vacunación del cierre de brechas del año 2016 y 2017 en menores de 5 años con la vacuna SPR y en mayores de 5 años con SR para los no vacunados, para asegurar la disminución de los susceptibles de enfermar y el riesgo de importación, reintroducción y circulación del virus del sarampión, del 22 de abril al 30 octubre de 2018. Artículo 5.- Efectuar la vacunación de cierre de brechas contra la fiebre amarilla en las áreas no endémicas en menores de 5 años y en los hospitales que demanden la vacunación, y las zonas endémicas y distritos expulsores entre los 15 meses a 59 años, desde el 22 de abril al 30 octubre de 2018. Artículo 6.- Disponer que se cumpla la vacunación de la vacuna neumococo e influenza con prioridad en los 739 distritos de riesgo ante las heladas y friaje, desde el 22 de abril al 30 de agosto de 2018. Artículo 7.- Disponer que se intensifique las acciones de vacunación en todos los establecimientos de salud, incluidos los días domingos a fin de que se garantice el acceso de la población para completar las dosis pendientes de vacunación. Artículo 8.- Disponer que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública socialice, monitoree, y supervise el cumplimiento de los lineamientos técnicos de las acciones de vacunación previstas en la presente Resolución Ministerial. Artículo 9.- Las Direcciones de Redes Integradas de Salud, las Direcciones Regionales de Salud, las Gerencias Regionales de Salud o quien haga las veces en el nivel regional, son los responsables del cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, debiendo presentar el primer informe el 15 de julio y el segundo informe el 15 de noviembre de 2018 a la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, quien a su vez elevará el informe final al Despacho Viceministerial de Salud Pública. Artículo 10.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de

la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1637326-2

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Designan Asesores Ministerial II del Despacho

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 100-2018-TR Lima, 16 de abril de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 163-2016-TR de fecha 11 de agosto de 2016, se designa a la señora ANA ROSA VELASQUEZ PALOMINO, en el cargo de Asesor II, Nivel Remunerativo F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo señalado en el considerando precedente, por lo que es necesario aceptar la misma y designar al funcionario que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones de las Oficinas Generales de Asesoría Jurídica y Recursos Humanos; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- ACEPTAR la renuncia formulada por la señora ANA ROSA VELASQUEZ PALOMINO, al cargo de Asesor II, Nivel Remunerativo F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR al señor JUAN MARIANO NAVARRO PANDO, en el cargo de Asesor II, Nivel Remunerativo F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. CHRISTIAN SÁNCHEZ REYES Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1637311-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 102-2018-TR Lima, 16 de abril de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 059-2018TR de fecha 23 de febrero de 2018, se designa al señor ROQUE DAVID BEJARANO ROMERO, en el cargo de Asesor II, Nivel Remunerativo F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo señalado en el considerando precedente, por lo que es necesario aceptar la misma y designar al funcionario que desempeñará dicho cargo;

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