Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2018 (18/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Miércoles 18 de abril de 2018 /

El Peruano

máximos de viáticos en función de la escala detallada en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; considerándose un porcentaje máximo de viáticos de veinte por ciento (20%) cuando la invitación cubra los gastos de hospedaje y alimentación; Que, de acuerdo a lo señalado en el Dictamen Nº 128-2018/CCFFAA/OAJ de fecha 2 de abril de 2018, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, considera que el proyecto de Resolución Ministerial se encuentra acorde a la normatividad vigente que regula los viajes al exterior en Comisión de Servicios; Que, conforme a la Declaración de Gastos del Jefe de Tesorería los gastos derivados de los conceptos de pasajes aéreos y viáticos que ocasione la presente autorización de viaje se ejecutarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2018, de la Unidad Ejecutora 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de conformidad con los incisos a) y b) del artículo 7º del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004-DESG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales, y con el fin de prever la participación oportuna del Personal Militar designado durante la totalidad del mencionado curso, resulta necesario autorizar su salida y retorno del país con DOS (2) días de anticipación y DOS (2) día posterior al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias; que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015 DE/ SG, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa; y, Estando a lo propuesto por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicios al señor Coronel EP Christian Augusto RAMIREZ Kohler, identificado con DNI Nº 07877293, y al señor General de Brigada (r) José Ramón ERNAÚ Rojas con DNI Nº 43267305, para que participen como Observadores en el Ejercicio denominado "Región Murcia 2018", a realizarse en la Comunidad Autónoma de la Región Murcia - España, del 23 al 27 de abril de 2018; así como, autorizar su salida del país el 21 de abril de 2018 y su retorno el 29 de abril de 2018. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al concepto siguiente:
Pasajes Aéreos: Lima ­ Murcia /España - Lima US$ 3,600.00 x 2 persona (incluye TUUA) US$ 7,200.00 Viáticos: US$ 540.00 x 20% X 2 personas x 5 días US$ 1,080.00 Total a pagar: US$ 8,280.00

la fecha de retorno al país; asimismo, dentro del mismo plazo, el funcionario autorizado, efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002. Artículo 5.- La presente autorización, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- Disponer que se ponga en conocimiento del Ejército del Perú, el contenido de la presente resolución, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1637825-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 426-2018 DE/SG Mediante Oficio Nº 1526-2018-MINDEF/SG, el Ministerio de Defensa solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 426-2018 DE/SG, publicada en la edición del día 4 de abril de 2018. En el Octavo Considerando: DICE: "(...) Que, conforme a lo señalado en la Declaración de Gastos del 15 de febrero de 2018, del Tesorero de la Federación Deportiva Militar, los gastos derivados de los conceptos de pasajes aéreos internacionales y viáticos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo a la subvención recibida del Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 001: Administración General, de conformidad con los incisos a) y b) del artículo 10 del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG; (...)" DEBE DECIR: "(...) Que, conforme a lo señalado en la Declaración de Gastos del 15 de febrero de 2018, del Tesorero de la Federación Deportiva Militar, los gastos derivados de los conceptos de pasajes aéreos internacionales y viáticos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo a la subvención recibida del Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, de conformidad con los incisos a) y b) del artículo 10 del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG; (...)" En el Artículo 2: DICE: "Artículo 2.- La Federación Deportiva Militar del Perú (FEDEMILPE) con cargo a la subvención recibida del Ministerio de Defensa ­ Unidad Ejecutora 001: Administración General, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo al siguiente detalle: (...)" DEBE DECIR: "Artículo 2.- La Federación Deportiva Militar del Perú (FEDEMILPE) con cargo a la subvención recibida del Ministerio de Defensa ­ Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo al siguiente detalle: (...)" 1637828-1

Artículo 3.- El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4.- El Personal Militar designado, debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de

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