Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2018 (18/04/2018)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 18 de abril de 2018 /

El Peruano

tercera modificación en los términos solicitados, como se señala en el Informe N° 608-2017-MEM/DGE-DCE de la Dirección General de Electricidad; Que, adicionalmente, conforme al artículo 53 del RLCE, la Resolución Ministerial que aprueba el otorgamiento de concesión definitiva debe aprobar el respectivo Contrato de Concesión y autorizar al Director General de Electricidad o a quien haga sus veces, para intervenir en la celebración del mismo. En ese sentido, para la modificación de un Contrato de Concesión Definitiva debe procederse de la misma manera; Que, la Dirección General de Electricidad, según Informe de Vistos, recomienda autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, para intervenir en la celebración de la tercera modificación al CONTRATO en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente a la Adenda N° 3, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, según lo establecido en los artículos 7 y 56 del RLCE; De conformidad con lo dispuesto en el TUO de la LPAG, en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, y en el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0312007-EM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar aprobada al 20 de febrero de 2017, por aplicación del silencio administrativo positivo, a favor de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A., la solicitud de la tercera modificación de concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en la Zona Cancas, ubicada en el distrito de Canoas de Punta Sal, provincia de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes, en los términos solicitados, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Aprobar la Adenda N° 3 al Contrato de Concesión N° 039-94, que modifica los Anexos N° 3 y N° 4, en los términos y condiciones de la presente Resolución. Artículo 3.- Establecer que las coordenadas UTM de la Zona Cancas, especificadas en el Anexo N° 4 de la Adenda N° 3 al Contrato de Concesión N° 039-94, son las siguientes:
NORTE 9562643.00 9563254.00 9563927.00 9563937.00 9565107.00 9565332.00 9565815.00 9565610.00 9564386.00 9563963.00 9563802.00 9563401.00 9562832.00 9562443.00 9561348.00 9561032.00 9561107.00 9561250.00 ESTE 505527.00 505616.00 506450.00 506818.00 508677.00 509152.00 509823.00 509966.00 507964.00 507891.00 507471.00 507076.00 507101.00 506155.00 506190.00 505852.00 505767.00 505889.00 ZONA 17 17 17 17 17 17 17 17 17 17 17 17 17 17 17 17 17 17 VÉRTICE 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18

artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, así como la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública a que dé origen la Adenda N° 3 al Contrato de Concesión N° 039-94, referido en el artículo 2 de la presente Resolución en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 00993-EM. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A., de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁNGELA GROSSHEIM BARRIENTOS Ministra de Energía y Minas 1624433-1

Aprueban la primera modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica, solicitada por Luz del Sur S.A.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 121-2018-MEM/DM Lima, 5 de abril de 2018 VISTOS: Los Expedientes N° 15003293-01, N° 15003393, N° 15003493 y N° 15003593 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución otorgada mediante Resolución Suprema N° 008-95-EM, la solicitud de primera modificación de la mencionada concesión de distribución, presentada por Luz del Sur S.A.A.; y, los Informes N° 088-2018-MEM/ DGE-DCE y N° 327-2018-MEM/OGJ, elaborados por la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 008-95-EM, de fecha 27 de enero de 1995, se otorgó a favor de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad ELECTROLIMA S.A. ­ UEN Cañete la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica con carácter de Servicio Público de Electricidad en el departamento de Lima (en adelante, la Concesión), la cual comprende las siguientes zonas: Cañete (Expediente N° 15003293-00), Huarochirí (Expediente N° 1500329301), Quinches (Expediente N° 15003393), Hongos (Expediente N° 15003493) y Catahuasi (Expediente N° 15003593), suscribiéndose el Contrato de Concesión N° 007-94 (en adelante, el CONTRATO); Que, mediante Resolución Suprema N° 095-95-EM, de fecha 05 de diciembre de 1995, se aprueba la transferencia de la Concesión, que efectúa Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad ELECTROLIMA S.A. ­ UEN Cañete, a favor de Empresa de Distribución Eléctrica de Cañete S.A. (en adelante, EDECAÑETE S.A.); Que, mediante Resolución Ministerial N° 149-2016MEM/DM, publicada el 4 de mayo de 2016, se aprueba la transferencia de la Concesión, que efectúa EDECAÑETE S.A. a favor de Luz del Sur S.A.A.; Que, mediante documento con Registro N° 2787912, de fecha 15 de febrero de 2018, Luz del Sur S.A.A. solicita la primera modificación de la Concesión, con la finalidad de reducirla y excluir de ésta las zonas de Huarochirí, Quinches, Hongos y Catahuasi, y que las áreas excluidas se sujeten a lo previsto en el quinto párrafo del artículo 30 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas;

Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado, la Minuta de la Adenda N° 3 al Contrato de Concesión N° 039-94 aprobada en el

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