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38 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de abril de 2018 / El Peruano el cual se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la Resolución Suprema que autorice el pago de diversas cuotas internacionales; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 30693 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprobó el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2018”, donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fi scal 2018; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto de la Contraloría General de la República, se han previsto recursos para el pago a diversas cuotas internacionales, por lo que corresponde emitir la presente resolución a fi n de autorizar el respectivo pago; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30693 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización Autorizar a la Contraloría General de la República, a efectuar el pago de las siguientes cuotas: Pliego PresupuestarioMoneda Monto Persona Jurídica 019: CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICASOLES11 469Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores - INTOSAI 28 814Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras - OLACEFS Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 019: Contraloría General de la República. Artículo 3.- Equivalencia en moneda extranjera Disponer que la equivalencia en moneda extranjera sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR FRANCISCO POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1638161-7