Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2018 (23/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Jueves 23 de agosto de 2018 /

El Peruano

Que, en dicho evento se abordarán temas relacionados a procesos de descentralización y políticas locales de paz, las cuales se encuentran dentro del ámbito de actuación del Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, se espera lograr el impulso de acuerdos de fortalecimiento para el desarrollo local, entre ellas, establecer una agenda política del municipalismo, que podrían replicarse a nivel nacional y convertirse en experiencias exitosas en nuestro país, así como generar incidencia en las políticas públicas nacionales; por lo que, resulta de interés institucional autorizar el viaje del referido funcionario en representación de la Presidencia del Consejo de Ministros, para que participe en dicho evento; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos, pasajes terrestres y viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30693 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y modificatorias, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 022-2017-PCM y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Raúl Alberto Molina Martínez, Viceministro de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, a la ciudad de Punta del Este, República Oriental del Uruguay, del 28 de agosto al 01 de septiembre de 2018, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos : US$ 1 043,37 Pasajes Terrestres Montevideo - Punta del Este - Montevideo : US$ 40,00 Viáticos (US$ 370,00 x 3 días) : US$ 1 110,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el funcionario cuyo viaje se autoriza por la presente resolución ministerial, debe presentar al Titular del Sector, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.

Nacional de Sanidad Agraria - SENASA como organismo público descentralizado del Ministerio de Agricultura con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía técnica, administrativa, económica y financiera; Que, la Undécima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1059, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria, señala que los servidores del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA se encuentran sujetos al régimen laboral de la actividad privada; Que, el artículo 9° del Decreto Supremo N° 003-97-TR, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, señala que, por la subordinación, el trabajador presta sus servicios bajo dirección de su empleador, el cual tiene facultades para normar reglamentariamente las labores, dictar las ordenes necesarias para la ejecución de las mismas, introducir cambios o modificar turnos, días u horas de trabajo, así como la forma y modalidad de la prestación de las labores, dentro de los criterios de razonabilidad y teniendo en cuenta las necesidades del centro de trabajo; Que, mediante Resolución Jefatural N° 0096-2018-MINAGRI-SENASA publicado en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 13 de julio de 2018, se designó al Ing. Pedro Jesus Molina Salcedo en el cargo de Secretario Técnico del SENASA; Que, mediante Resolución Suprema N° 013-2018-MINAGRI publicado en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 16 de agosto de 2018, se designó al Ing. Pedro Jesus Molina Salcedo en el cargo de Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria- SENASA, del Ministerio de Agricultura y Riego; por lo tanto, se hace necesario designar al Secretario Técnico del SENASA; Que, en el literal k) del artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2005-AG, y modificatoria, establece que el Jefe del SENASA es la máxima autoridad ejecutiva de la Institución, ejerciendo funciones ejecutivas y administrativas en su calidad de funcionario de mayor jerarquía en la Entidad, teniendo entre sus funciones el emitir Resoluciones Jefaturales en asuntos de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, Decreto Supremo N° 0082005-AG; y el Reglamento Interno de los Servidores Civiles del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, Resolución Jefatural Nº 0213-2015-MINAGRI-SENASA y modificatoria, y con el visado de la Directora General (e) de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DESIGNAR, con eficacia anticipada al 16 de agosto de 2018, al MV. Raul Martin Príncipe Venegas como Secretario Técnico del Servicio Nacional de Sanidad Agraria- SENASA, con reserva de su plaza en la Subdirección de Insumos Pecuarios. Artículo 2°.- Dispóngase la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el portal web institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA. Regístrese y comuníquese.

CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1683175-1

PEDRO J. MOLINA SALCEDO Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1684051-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Designan Secretario Técnico del SENASA
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0114-2018-MINAGRI-SENASA 20 de agosto de 2018 CONSIDERANDO: Que, el artículo 17° del Decreto Ley N° 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura creó el Servicio

Designan Directora General de la Dirección de Sanidad Animal del SENASA
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0115-2018-MINAGRI-SENASA 20 de agosto de 2018 CONSIDERANDO: Que, el artículo 17° del Decreto Ley N° 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, creó el Servicio

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