Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2018 (23/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Jueves 23 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Índices de Distribución del Canon Pesquero provenientes de los Derechos de Pesca, correspondientes al Primer Semestre del año 2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 287-2018-EF/50 Lima, 20 de agosto de 2018 CONSIDERANDO: Que, el artículo 13 de la Ley N° 27506, Ley de Canon, creó el Canon Pesquero señalando que dicho Canon está compuesto por el 50% (cincuenta por ciento) del total de los Ingresos y Rentas que percibe el Estado de las empresas dedicadas a la extracción comercial de pesca de mayor escala, de recursos naturales hidrobiológicos de aguas marítimas, y continentales lacustres y fluviales; Que, el párrafo 5.2 del artículo 5 de la Ley N° 27506, establece los criterios de distribución del Canon; Que, el literal e) del artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 27506, Ley de Canon, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2002-EF, establece la base de referencia para calcular el Canon Pesquero, la cual está constituida por el 50% (cincuenta por ciento) del Impuesto a la Renta y los Derechos de Pesca a que se refiere la Ley General de Pesca, Decreto Ley N° 25977, pagado por las empresas dedicadas a la extracción comercial de pesca de mayor escala, de recursos naturales hidrobiológicos de aguas marítimas, y continentales lacustres y fluviales; Que, el literal e) del artículo 7 del citado Reglamento dispone que el monto del Canon Pesquero proveniente de los Derechos de Pesca será determinado semestralmente, en virtud de lo dispuesto en los artículos 41 y 47 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 012-2001-PE, debiendo el Ministerio de la Producción informar al Ministerio de Economía y Finanzas respecto de los lugares donde las empresas dedicadas a la extracción comercial de pesca de mayor escala desembarquen los recursos hidrobiológicos, así como los volúmenes de pesca de mayor escala desembarcados en tales lugares durante cada período, dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes al último día del mes que culmine el semestre, a efectos de determinar los índices de distribución respectivos; Que, asimismo, el primer párrafo del artículo 6 del Reglamento en mención, señala que el Instituto Nacional de Estadística e Informática ­ INEI y el sector al cual corresponde la actividad que explota el recurso natural por el cual se origina la transferencia de un Canon, dentro de los 3 (tres) primeros meses del año, proporcionarán al Ministerio de Economía y Finanzas, la información necesaria a fin de elaborar los índices de distribución del Canon que resulten de la aplicación de los criterios de distribución establecidos en el referido Reglamento; Que, de acuerdo al literal b) del párrafo 15.5 del artículo 15 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en concordancia con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 117-2014-EF, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, la Dirección General de Presupuesto Público de este Ministerio, realiza los cálculos correspondientes para la determinación de los Índices de Distribución del Canon Pesquero, según los criterios establecidos en el marco legal vigente; Que, sobre la base de la información proporcionada por el Ministerio de la Producción, mediante Oficio N° 432-2018-PRODUCE/DGPARPA, y por el Instituto Nacional de Estadística e Informática­INEI a través del Oficio N° 029-2018-INEI/DTDIS, la Dirección General de Presupuesto Público de este Ministerio ha procedido a efectuar los respectivos cálculos para la determinación de los Índices de Distribución del Canon Pesquero provenientes de los Derechos de Pesca, correspondientes al Primer Semestre del año 2018;

Que, en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar los Índices de Distribución del Canon Pesquero provenientes de los Derechos de Pesca, correspondientes al Primer Semestre del año 2018; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27506, Ley de Canon, en la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en el Decreto Supremo N° 117-2014-EF, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, y el Decreto Supremo N° 005-2002-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Canon; SE RESUELVE: Artículo 1. Aprobar los Índices de Distribución del Canon Pesquero provenientes de los Derechos de Pesca, correspondientes al Primer Semestre del año 2018, a ser aplicados a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales beneficiados, conforme al Anexo que forma parte de la Resolución Ministerial. Artículo 2. La Resolución Ministerial se publica en el Diario Oficial El Peruano y su respectivo Anexo en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1683146-1

EDUCACION
Designan Jefa de la Unidad de Seguimiento y Evaluación de la Oficina de Seguimiento y Evaluación Estratégica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 454-2018-MINEDU Lima, 22 agosto 2018 Vistos, el Expediente N° OSEE2018-INT-0158542, el Informe N° 280-2018-MINEDU/SG-OGRH; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 407-2018-MINEDU, se designó al Jefe de la Unidad de Seguimiento y Evaluación de la Oficina de Seguimiento y Evaluación Estratégica, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que resulta necesario aceptar la referida renuncia y designar a la funcionaria que ejercerá el cargo de Jefa de la Unidad de Seguimiento y Evaluación; Con el visado de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Oficina General de Recursos Humanos, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Seguimiento y Evaluación Estratégica; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor JOSE ENRIQUE CASTILLO SANCHEZ al cargo de Jefe de la Unidad de Seguimiento y Evaluación de la Oficina de Seguimiento y Evaluación Estratégica, dependiente de

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