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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2018 (23/08/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Jueves 23 de agosto de 2018 / El Peruano la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora MONICA CECILIA SEMINARIO GUTIERREZ en el cargo de Jefa de la Unidad de Seguimiento y Evaluación de la O fi cina de Seguimiento y Evaluación Estratégica, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1683616-1 INTERIOR FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 952-2018-IN MANUAL DE DERECHOS HUMANOS APLICADOS A LA FUNCIÓN POLICIAL Mediante O fi cio N° 1624-2018/IN/SG, el Ministerio del Interior solicita se publique Fe de Erratas del Manual de Derechos Humanos aplicados a la Función Policial, aprobado por Resolución Ministerial N° 952-2018-IN y publicado en Separata Especial el día 14 de agosto de 2018. - En la página 7;DICE:“(...) 1. Características (...) (...) IrreversibilidadUna vez reconocidos quedan integrados al catálogo pre-existente y no pueden ser suprimidos posteriormente. ProgresividadAl adquirirse mayor conciencia de la necesidad de vivir con dignidad, puede ampliarse el contenido o el reconocimiento de derechos humanos. ImprescriptibilidadLa responsabilidad penal de las violaciones graves a los derechos humanos (crimen de genocidio y los crímenes de lesa humanidad) no prescribe. Por tanto, son perseguibles y sancionables sin importar el plazo transcurrido desde la fecha de comisión del delito. (...)” DEBE DECIR: “(...) 1. Características (...) (...) IrreversiblesUna vez reconocidos quedan integrados al catálogo pre-existente y no pueden ser suprimidos posteriormente. ProgresivosAl adquirirse mayor conciencia de la necesidad de vivir con dignidad, puede ampliarse el contenido o el reconocimiento de derechos humanos. ImprescriptiblesLa responsabilidad penal de las violaciones graves a los derechos humanos (crimen de genocidio y los crímenes de lesa humanidad) no prescribe. Por tanto, son perseguibles y sancionables sin importar el plazo transcurrido desde la fecha de comisión del delito. (...)” - En la página 39;DICE: “(...) c. Recomendaciones(...) - Por ningún motivo se expondrá al presunto infractor al gas pimienta en forma prolongada a zona. (...)”.