Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2018 (04/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

Jueves 4 de enero de 2018 /

El Peruano

Amador Huamán Huayta en el VI Congreso internacional sobre Competencias Laborales, COINCOM 2017 a realizarse del 09 al 11 de agosto 2017 en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia; Que, a través del Proveído Nº 01223-2017-VRACUNCP presentado el 11 de setiembre 2017, la Vicerrectora Académica, considerando el Oficio Nº 0197-2017-DOGGTH/ UNCP presentado el 04 de setiembre 2017, por el Director de la Oficina General de Gestión del Talento Humano, a través del cual, solicita se dé trámite según corresponda los permisos de los docentes para su viaje y participación; eleva la documentación al rectorado para su atención emitiéndose la resolución pertinente de permiso con goce de haber; y De conformidad al Artículo 30º inciso u) del Estatuto de la Universidad y al acuerdo de Consejo Universitario del 03 de octubre 2017; RESUELVE:

Que, el Artículo 201º Capítulo I, de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General que dice "El error material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión"; y De conformidad al Artículo 30º inciso u) del Estatuto Universitario y a las atribuciones conferidas por las normas legales vigentes; RESUELVE: 1º RECTIFICAR la referencia de la Resolución Nº 2700-CU-2017 de fecha 05 de octubre 2017, solo en lo que respecta al primer nombre correcto del docente beneficiario; debiendo quedar como sigue: DICE: Dr. Aníbal Cirilo Peña Rojas

1º AUTORIZAR en vía de regularización, el Viaje del Dr. Ludencino Amador Huamán Huayta de la Facultad de Educación, para su participación como ponente en el VI Congreso internacional sobre Competencias Laborales, COINCOM 2017 realizado del 09 al 11 de agosto 2017 en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia. 2º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución al Vicerrectorado Académico y Facultad de Educación, a través de las oficinas generales, oficinas y unidades correspondientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MOISÉS RONALD VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS Rector HUGO RÓSULO LOZANO NÚÑEZ Secretario General 1602774-1

DEBE DECIR: "Dr. Anieval Cirilo Peña Rojas" 2º QUEDAN vigentes los demás términos de la Resolución Nº 2700-CU-2017. 3º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Dirección General de Administración, a través de las oficinas generales, oficinas y unidades correspondientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MOISÉS RONALD VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS Rector HUGO RÓSULO LOZANO NÚÑEZ Secretario General 1602773-1

Rectifican la referencia de la Res. N° 2700CU-2017 de la Universidad Nacional del Centro del Perú
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ RESOLUCIÓN Nº 2825-CU-2017 Huancayo, 30 de octubre de 2017 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ; CONSIDERANDO: Que, el Artículo II de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, sobre ContenidoLa presente Ley regula las actuaciones de la función administrativa del Estado y el procedimiento administrativo común desarrollados en las entidades; Que, el Artículo IV de la Ley Nº 27444, sobre principios del procedimiento precisa: Principio de impulso de oficioLas autoridades deben dirigir e impulsar de oficio el procedimiento y ordenar la realización o práctica de los actos que resulten convenientes para el esclarecimiento y resolución de las cuestiones necesarias; Que, mediante Resolución Nº 2700-CU-2017 de fecha 05 de octubre 2017, se resuelve autorizar el Viaje del Dr. Aníbal Cirilo Peña Rojas, para participar con la ponencia "Prediction of coagulant dose for Drinking Wáter Treatment by Artificial Neural Networks Huancayo- Perú" en el Water and Development Congess & Exibitation a realizarse en Buenos Aires-Argentina del 13 al 16 de noviembre 2017; y se le otorga la subvención económica correspondiente; Que, del Maestro de administrativos y docentes de la universidad, se desprende que los nombres y apellidos del docente son: ANIEVAL CIRILO PEÑA ROJAS, debiéndose hacer la corrección de la resolución;

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Rectifican la Resolución SBS N° 2735-2017
RESOLUCIÓN SBS Nº 4911-2017 Lima, 20 de diciembre de 2017 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La Resolución SBS Nº 2735-2017 del 12 de julio de 2017, por la cual esta Superintendencia opinó favorablemente para que el Banco Ripley Perú S.A. (en adelante, el Banco) realice la emisión del "Quinto Programa de Certificados de Depósito Negociables de Banco Ripley Perú.S.A."; y, CONSIDERANDO: Que, en el cuarto párrafo de la parte considerativa de la mencionada Resolución se señaló que la emisión del "Quinto Programa de Certificados de Depósito Negociables de Banco Ripley Perú S.A." fue aprobada en la sesión de Junta General de Accionistas del Banco celebrada el 30 de marzo de 2017; Que mediante Carta S/N del 6 de noviembre de 2017, el Banco comunicó que por error material

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