Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2018 (04/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Jueves 4 de enero de 2018

NORMAS LEGALES
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Dra. Rose Mary Parra Rivera Dr. Néstor Eduardo Pomareda Chávez Bedoya

Artículo Segundo.- DISPONER que los efectos de la presente resolución administrativa se harán efectivos a partir de la fecha. Artículo Tercero.- DISPONER que los señores Jueces Superiores integrantes de Salas Penales conformadas según lo dispuesto en la presente Resolución Administrativa, en adición a sus funciones, continúen integrando el Colegiado de la Sala Superior Penal correspondiente a los procesos que venían conociendo al 31 de diciembre de 2017, a fin de evitar el quiebre de los mismos, bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- Que la señora doctora María del Carmen Paloma Altabás Kajatt, continuará cumpliendo sus funciones como Jefa de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de este Distrito Judicial por el periodo 2018 de conformidad con lo establecido en la Resolución Administrativa N° 835-2016-P-CSJLN/PJ. Artículo Quinto.- REMITIR copia de la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación, Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima Este, Dirección Distrital de la Defensoría Publica de Lima Este, Jefe de la Región Policial de Lima, Jefe de la Dirección de Investigación Criminal y Apoyo a la Justicia de la Policía Nacional, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura ­ ODECMA de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, Oficina de Administración Distrital, Area de Personal y los interesados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JIMMY GARCIA RUIZ Presidente 1602771-1

Conformación de las Salas Superiores de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur para el Año Judicial 2018
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 001-2018-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, 3 de enero del 2018 VISTOS:

objetivo el optimizar el servicio de administración de justicia que se brinda a los justiciables. La sociedad exige contar con magistrados idóneos cuya aptitud, capacidad y competencia, de la mano con una trayectoria íntegra y comportamiento apropiado, lleven adelante su misión; y que por encima de los códigos y expedientes, ubiquen su labor en una perspectiva mayor, dentro del orden democrático constitucional. Esto exige de los magistrados una impartición de justicia con independencia e imparcialidad, pero además con probidad, veracidad, y equidad, utilizando las herramientas de su conciencia, moral, diligencia, decoro, y sentido común, porque sólo desde estos rasgos esenciales de la personalidad de los magistrados se puede construir la garantía de una actuación imparcial que los jueces requieren en el desempeño de sus responsabilidades y para beneficio de los ciudadanos, que abone por una justicia pronta y eficaz. Resulta relevante recordar que la administración de justicia se constituye para establecer la paz social, siendo el Juez el depositario de la función del Estado para administrar justicia. En ese sentido, si el juez tiene por función esencial administrar justicia, este deber sólo es posible de ser cumplido si se actúa con diligencia, responsabilidad y dedicación al trabajo; pues ciertamente soslayar el estudio y análisis de cada uno de los procesos que corren a su cargo, incumplir con hacer una evaluación exhaustiva y responsable que merecen las causas y actuar con falta de diligencia y celeridad, no contribuye al logro de una justicia responsable, pronta y oportuna. Máxime, si la sociedad nos exige mayor celeridad y eficacia en el cumplimiento de los plazos procesales y una mayor honestidad, imparcialidad y transparencia en la conducción de los procesos y en la emisión de los fallos. En ese sentido, en el caso de designaciones de Jueces Provisionales y Supernumerarios en el Distrito Judicial de Lima Sur, se debe precisar que éstas se realizan bajo un estricto análisis y evaluación de los perfiles de cada uno de los profesionales que asumirán las funciones de la judicatura, para lo cual se tiene en consideración su capacidad e idoneidad, verificada a través de su trayectoria profesional (antecedentes penales, judiciales y disciplinarias); además de lo previsto en el artículo 2º de la Ley de la Carrera Judicial Nº 29277, y los requisitos exigidos por ley. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en pro de los justiciables. Por tanto, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3), 4) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE:

Las Resoluciones Administrativas N° 334-2010-CEPJ; y, N° 274-2014-CE-PJ expedidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. CONSIDERANDO: La Corte Superior de Justicia de Lima Sur inicia sus funciones el 13 de octubre de 2010, por Resolución Administrativa N° 334-2010-CE-PJ, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 07 de octubre de ese mismo año. Ejerce su competencia en los distritos de Villa María del Triunfo, San Juan de Miraflores, Villa El Salvador, Lurín, Santísimo Salvador de Pachacamac (Se excluye al Centro Poblado Los Huertos de Manchay), Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar, Pucusana y Chorrillos. Es atribución y deber del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, designar a los Jueces Superiores que integren las Salas Especializadas al inicio de cada año judicial, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial en concordancia con la Ley de la Carrera Judicial. Teniendo como principal

Artículo Primero.- REASIGNAR a los siguientes Jueces Superiores, a partir del tres de enero del año en curso: - Hilda Piedra Rojas, Juez Superior Titular - Presidente de la Sala Penal Transitoria, como Presidente de la Sala Penal Permanente. - Jorge Elías Cabrejo Ríos, Juez Superior Provisional integrante de la Sala Penal Permanente, como integrante de la Sala Penal Transitoria. Artículo Segundo.- DISPONER la conformación de las Salas Superiores de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, para el presente año judicial, de la siguiente manera: Sala Civil Permanente: Dr. Pedro Cartolin Pastor* (T) Dr. Ricardo Tóbies Ríos Presidente (T) Dr. Vicente Ferrer Flores Arrascue (T) Dr. Enrique Amilcar Cárdenas Chancos (S)

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