Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2018 (08/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Lunes 8 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC; y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- MODIFICAR un extremo de la Resolución Jefatural N° 497 de fecha 24 de agosto de 1988, referido a la declaración de Monumentos en la Provincia Constitucional del Callao, distrito de La Punta, la misma que quedará redactada de la siguiente manera: "Declárense Monumentos a los siguientes: PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO Distrito de La Punta Declarar Monumento: (...) Jr. Larco N° 382 Jr. Larco Nros. 448, 458 C-D-E, 468 (Quinta) Jr. Medina N° 199 Jr. Medina N° 215 Jr. Medina N° 225 Jr. Medina N° 237 Jr. Medina N° 257 Jr. Medina N° 269 Jr. Medina N° 288 Jr. Medina N° 351 Jirón Medina N° 361 Jirón Medina N° 375 Casa Bajos Jirón Medina N° 385 Casa Altos Jr. Medina N° 491 esquina Jr. Fanning Jr. Moore, Juan Cmdte. N° 473 (...)" Artículo 2.- Dejar subsistentes, los demás extremos de la Resolución Jefatural N° 497 de fecha 24 de agosto de 1988. Artículo 3.- Notificar la presente Resolución a los señores Isidro Humberto Montes Romero, Ytalo Mario Queirolo Barrios, César Luis Piaggio Bravo, Luis Alejandro Piaggio Bravo y Fernando Luis Piaggio Bravo, a la señora Elsa Carmela Arévalo Vásquez, al Gobierno Regional del Callao, a la Municipalidad Provincial del Callao y a la Municipalidad Distrital de La Punta, para los fines consiguientes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob. pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ERNESTO ARRUNÁTEGUI GADEA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1603481-1

Dirección General de la Oficina de Administración de la Biblioteca Nacional del Perú, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular de dicho cargo; Que, la Dirección Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú considera pertinente dar por concluido el encargo de la Dirección General de la Oficina de Administración, y necesario designar al personal de confianza en el referido cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 010-2017-MC, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30570; el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú y del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED y demás normas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDO el encargo de la Dirección General de la Oficina de Administración de la Biblioteca Nacional del Perú asumido por la señora Elizabeth Noemí Lucas Velarde, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Resolución Directoral Nacional Nº 035-2017-BNP, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Entidad. Artículo 2.- DESIGNAR al señor NÉSTOR SALDAÑA CAMPOS como Director General de la Oficina de Administración de la Biblioteca Nacional del Perú, a partir del 09 de enero de 2018. Artículo 3.- PUBLICAR en el diario oficial El Peruano y en la página web institucional (http://www.bnp.gob.pe) la presente Resolución. Regístrese y comuníquese. ALEJANDRO ARTURO NEYRA SÁNCHEZ Director Nacional Biblioteca Nacional del Perú 1603921-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Fijan índices de corrección monetaria para efectos de determinar el costo computable de los inmuebles enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 002-2018-EF/15 Lima, 4 de enero de 2018

Designan Director General de la Oficina de Administración de la Biblioteca Nacional del Perú
RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 003-2018-BNP Lima, 5 de enero de 2018 VISTOS: el Memorándum Nº 01-2018-BNP/SG de fecha 05 de enero de 2018, emitido por la Secretaría General; el Informe Nº 003-2018-BNP/APER/OA de fecha 05 de enero de 2018; y, la Nota Informativa Nº 001-2018BNP/OAL de fecha 05 de enero de 2018, emitido por la Oficina de Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Directoral Nacional Nº 001-2018-BNP de fecha 03 de enero de 2018, se encargó a la señora Elizabeth Noemí Lucas Velarde, Directora General de la Oficina de Desarrollo Técnico, la

CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y normas modificatorias, se dispone que en el caso de enajenación de bienes inmuebles el costo computable es el valor de adquisición o construcción reajustado por los índices de corrección monetaria que establece el Ministerio de Economía y Finanzas en base a los Índices de Precios al Por Mayor proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI); Que, conforme al artículo 11º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 122-94-EF y normas modificatorias, los índices de corrección monetaria serán fijados mensualmente por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, la cual será publicada dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes; Que, en tal sentido, es conveniente fijar los referidos índices de corrección monetaria; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado

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