TEXTO PAGINA: 28
28 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de febrero de 2018 / El Peruano Que, mediante Resolución Jefatural Nº 001-2018-SENACE/JEF, del 8 de enero de 2018, se designaron los representantes del Senace ante la Comisión encargada de conducir y coordinar el proceso de transferencia de funciones del subsector Industria del Ministerio de la Producción; Que, a través de Memorando Nº 047-2018-SENACE- JEF, la Jefatura del Senace dispuso se concluya la designación de la Directora de Evaluación Ambiental para Proyectos de Infraestructura - DEIN como representante de la entidad ante la Comisión anteriormente señalada y designar, en su reemplazo, al Director de Evaluación Ambiental para Proyectos de Recursos Naturales y Productivos – DEAR; Que, en ese sentido, resulta necesario modi fi car la conformación de la Comisión de Transferencia de funciones del subsector Industria del Ministerio de la Producción; Que, por Decreto Supremo Nº 009-2017-MINAM, se aprueba el nuevo Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Senace, con el fi n de optimizar los procesos de la entidad para alcanzar mayores niveles de e fi ciencia y calidad en los servicios que brinda a la ciudadanía; Que, el literal j) del Artículo 11º del ROF del Senace establece que son funciones de la Jefatura del Senace, emitir resoluciones en los asuntos concernientes a las actividades del Senace; Con el visado de la Secretaría General y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace; el Decreto Supremo Nº 003-2013-MINAM, que aprueba el cronograma, plazos y principios del proceso de implementación del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace; el Decreto Supremo Nº 006-2015-MINAM, que aprueba el cronograma de transferencia de funciones de las Autoridades Sectoriales al Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, en el marco de la Ley Nº 29968; y, el literal j) del Artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2017-MINAM. SE RESUELVE:Artículo 1. - Dar por concluida la designación de la Directora de Evaluación Ambiental para Proyectos de Infraestructura – DEIN, como representante de la entidad ante la Comisión encargada de conducir y coordinar el proceso de transferencia de funciones del subsector Industria del Ministerio de la Producción, mediante Resolución Jefatural Nº 001-2018-SENACE/JEF. Artículo 2. - Designar al Director de Evaluación Ambiental para Proyectos de Recursos Naturales y Productivos – DEAR o quien, por encargo, ejerza sus funciones, como represente de la entidad ante la Comisión encargada de conducir y coordinar el proceso de transferencia de funciones del subsector Industria del Ministerio de la Producción. Artículo 3. - Encargar a la Secretaría General la notifi cación de la presente Resolución Jefatural a los órganos designados en el artículo precedente, al servidor designado y al Ministerio de la Producción. Artículo 4. - Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Senace (www.senace.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICK WIELAND FERNANDINI Jefe del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las InversionesSostenibles – Senace 1620736-1SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la SMV RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 021-2018-SMV/02 Lima, 27 de febrero de 2018El Superintendente del Mercado de Valores (e)VISTOS:El Expediente Nº 2018002897 y el Memorando Nº 745- 2018-SMV/08 de la O fi cina General de Administración con la propuesta de reordenamiento del CAP Provisional de la SMV; CONSIDERANDO: Que, con la Resolución Ministerial Nº 301-2017-EF/10 del 25 de agosto de 2018, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, modi fi cada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, se formaliza la aprobación de la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”; Que, el numeral 5 del Anexo Nº 4 de la versión actualizada de la precitada Directiva, señala que las Entidades del Sector Público pueden realizar un reordenamiento de cargos contenidos en el CAP, el mismo que se puede generar por el cambio en los campos “Nº de orden”, “cargo estructural”, “código”, “clasi fi cación”, “situación del cargo” y “cargo de con fi anza” y otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de la Entidad, incluyendo el supuesto señalado en el numeral 1.3 del citado anexo, estableciendo, además, que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional no requerirá de un nuevo proceso de aprobación de CAP Provisional y podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la ofi cina de recursos humanos o el que haga sus veces, con el visto de la o fi cina de racionalización o quien haga sus veces; Que, en el Memorando Nº 745-2018-SMV/08 la O fi cina General de Administración propone el reordenamiento del CAP Provisional de la SMV, conforme a los términos del Informe Nº 175-2018-SMV/08.2 de la Unidad de Recursos Humanos; propuesta que cuenta con la opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, expresada en Memorando Nº 728-2018-SMV/07; Que, asimismo, de acuerdo con lo establecido en el numeral 5 del Anexo Nº 4 de la mencionada Directiva, en caso de reordenamiento, la entidad deberá actualizar su CAP Provisional y publicarlo mediante resolución de su titular durante el primer bimestre de cada año, bajo responsabilidad del titular del órgano responsable de la elaboración del CAP Provisional; y, De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF y sus modi fi catorias; la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE, modi fi cada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR/PE, que formaliza la aprobación de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH; así como con lo dispuesto en la Resolución de Superintendente Nº 020-2018-SMV/02;