Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2018 (05/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Jueves 5 de julio de 2018 /

El Peruano

dicho evento del señor José Humberto Romero Glenny, Director General de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción; Que, con el Informe N° 00003-2018-PRODUCE/ DGSFS-PA-hlopez la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción señala que es de importancia la participación de la entidad en dicho evento, toda vez que el Perú mostrará a los miembros asistentes los avances en el desarrollo de la Red de Intercambio de información y experiencias entre países de América Latina para prevenir, desalentar y eliminar la pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada - INDNR; al mismo tiempo, se tratarán temas de interés para la pesca y acuicultura contribuyendo al fortalecimiento de los productos pesqueros alimentarios, de la pesca artesanal, del desarrollo de la acuicultura, entre otros; Que, por Memorando N° 00868-2018-PRODUCE/ OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite y hace suyo el Informe N° 098-2018-PRODUCE/OGPPM-OCTAI, de la Oficina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales, por el cual se emite opinión favorable respecto al viaje al exterior del Director General de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción, para que participe en el citado evento, señalando que su participación se enmarca en la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional 2012, en particular al Área Prioritaria 3 "Economía competitiva, empleo y desarrollo regional" y al Área Prioritaria 4 "Recursos Naturales y medio ambiente"; Que, mediante el Memorando N° 00805-2018-PRODUCE/OGA y el Informe N° 034-2018-PRODUCE/OGA, la Oficina General de Administración adjunta el Informe N° 248-2018-PRODUCE/ OGA-OA de la Oficina de Abastecimiento, la cual señala que se ha cotizado el precio de los pasajes aéreos en tarifa económica para la realización del mencionado viaje; asimismo, al citado memorando se adjunta el Informe N° 122-2018-PRODUCE/OGA-OC de la Oficina de Contabilidad, la cual realiza el cálculo de viáticos correspondiente para la comisión de servicios; Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante el Memorando N° 878-2018-PRODUCE/OGPPM hace suyo el Informe N° 255-2018-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, la cual aprueba la certificación presupuestal de los viáticos y señala que existen recursos presupuestales para cubrir los gastos de pasajes aéreos que genere el viaje en comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias, señalan que la Resolución de autorización de viajes al exterior debe sustentarse en el interés nacional o el interés específico institucional; y que las autorizaciones de viaje de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos Descentralizados correspondientes que ocasionen gastos al Estado, se otorgan por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, por las consideraciones expuestas, resulta de interés institucional autorizar el viaje en comisión de servicios del señor José Humberto Romero Glenny, Director General de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, del 07 al 14 de julio de 2018, a la ciudad de Roma, República Italiana, para los fines expuestos en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba

el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; y la Resolución Ministerial N° 296-2009-PRODUCE, que aprueba la Directiva General N° 007-2009-PRODUCE, "Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor José Humberto Romero Glenny, Director General de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, del 07 al 14 de julio de 2018, a la ciudad de Roma, República Italiana, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes y viáticos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, serán cubiertos con cargo al presupuesto 2018 del Ministerio de la Producción, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo (Incluido TUUA) US$ 2,374.53 Viáticos por 6 días (5 días + 1 día por concepto de instalación) US$ 435,00 por día 2,610.00

Nombres y apellidos José Humberto Romero Glenny

TOTAL US$ 4,984.53

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario autorizado en el artículo 1 debe presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción 1666471-2

SALUD
Autorizan viajes de profesionales de la DIGEMID a Colombia y México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 629-2018/MINSA Lima, 4 de julio del 2018 Visto, el Expediente N° 18-029237-001, que contiene la Nota Informativa N° 181-2018-DIGEMID-DG-DICERUFLAB-AICLAB/MINSA, emitida por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 de la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, establece que la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM) es la entidad responsable de proponer políticas, y dentro de su ámbito, normar, regular, evaluar, ejecutar, controlar, supervisar, vigilar, auditar, certificar y acreditar en temas relacionados a lo establecido en la referida Ley, implementando un sistema de administración eficiente sustentado en estándares internacionales;

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