Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2018 (08/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Domingo 8 de julio de 2018

NORMAS LEGALES ORGANISMOS REGULADORES

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del Seguro Integral de Salud­Fondo Intangible Solidario de Salud­FISSAL; Que, según Informe N° 009-2018-SIS-FISSALDIF/AALL-CRRM de la Dirección de Financiamiento de Prestaciones de Alto Costo, el Fondo Intangible Solidario de Salud suscribió un Convenio de Cooperación Interinstitucional para la cobertura financiera de prestaciones de alto costo con el Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas Luis Pinillos Ganoza ­ IREN Norte, por lo que ha programado una transferencia de recursos financieros por el monto ascendente a S/ 1 516, 320.00 (Un Millón Quinientos Dieciséis Mil Trescientos Veinte y 00/100 soles), la misma que cuenta con disponibilidad presupuestal de acuerdo al Memorando N° 297-2018-SIS-FISSAL/OPP, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del FISSAL que aprueba la Certificación de Crédito Presupuestario N° 237-2018 por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios; Que, mediante Informe N° 035-2018-SIS-FISSAL/ OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del FISSAL emite opinión favorable sobre la transferencia financiera programada en el marco del convenio suscrito; y, en el mismo sentido, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del SIS, mediante Informe N° 017-2018-SIS/OGPPDOFMSY con Proveído N° 127-2018-SIS/OGPPDO, emite opinión favorable para la transferencia financiera por la suma de S/ 1 516, 320.00 (Un Millón Quinientos Dieciséis Mil Trescientos Veinte y 00/100 soles) a favor del Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas Luis Pinillos Ganoza ­ IREN Norte; Que, mediante Informe N° 196-2018-SIS/OGAJ-DE con Proveído N° 473-2018-SIS/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por los órganos técnicos, considera viable emitir la Resolución Jefatural de Transferencias Financieras a favor del referido Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas Luis Pinillos Ganoza ­ IREN Norte, para el financiamiento de las prestaciones de salud que se encuentran bajo la cobertura del FISSAL; Con el visto del Jefe del Fondo Intangible Solidario de Salud­FISSAL, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General del SIS; De conformidad con lo establecido en el numeral 15.2 del artículo 15 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 002­1423 Fondo Intangible Solidario de Salud­FISSAL hasta por la suma de UN MILLÓN QUINIENTOS DIECISÉIS MIL TRESCIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES (S/ 1 516,320.00), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor del Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas Luis Pinillos Ganoza ­ IREN Norte, conforme se describe en el Anexo 01 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera aprobada por el Artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE Jefa del Seguro Integral de Salud 1667543-1

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO
Aprueban reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del OSITRAN
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 103-2018-GG-OSITRAN Lima, 5 de julio de 2018 VISTOS: El Memorando Nº 247-2018-GSF-OSITRAN de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización; el Memorando Nº 237-2018-GG-OSITRAN de la Gerencia General; los Informes Nº 149-2018-JGRH-GA-OSITRAN y Nº 150-2018-JGRH-GA-OSITRAN de la Jefatura de Gestión de Recursos Humanos; el Informe Nº 074-2018-GPPOSITRAN de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; la Nota Nº 184-18-GAJ-OSITRAN de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público y sus modificaciones, se creó el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, como organismo público encargado de normar, regular, supervisar, fiscalizar y resolver controversias respecto de los mercados relativos a la explotación de la infraestructura de transporte de uso público; Que, la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y sus modificatorias, dicta los lineamientos y normas de aplicación general para todos los Organismos Reguladores, en cuyo alcance se encuentra incluido OSITRAN; Que, la Ley Nº 29754 dispone que OSITRAN es la entidad competente para ejercer la supervisión de los servicios públicos de transporte ferroviario de pasajeros en las vías concesionadas que forman parte del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao; asimismo, establece que, mediante Decreto Supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, a propuesta de OSITRAN, se aprueba la adecuación del Reglamento General de OSITRAN y otros documentos de gestión; Que, de acuerdo con el artículo 6 del Reglamento General de OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo Nº 044-2006-PCM y sus modificatorias, la estructura orgánica de OSITRAN se rige por su Reglamento de Organización y Funciones; Que, por Decreto Supremo Nº 012-2015-PCM se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de OSITRAN, con el fin de implementar las funciones establecidas por la Ley Nº 29754 y las instancias y órganos competentes, conforme lo señala el Reglamento General de OSITRAN, así como para promover una gestión eficiente, moderna, transparente y con enfoque de procesos y resultados, cuyas decisiones institucionales sean predecibles; Que, a través de la Resolución Suprema Nº 047-2016PCM se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público ­ CAP Provisional del OSITRAN, reordenado mediante Resolución de Gerencia General Nº 159-2017-GG-OSITRAN y Resolución de Gerencia General Nº 095-2018-GGOSITRAN; Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, se aprobó la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, "Normas para la gestión del

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