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12 NORMAS LEGALES Sábado 14 de julio de 2018 / El Peruano El Titular del pliego habilitado, aprueba mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de esta norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, solicita a la Dirección General Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por la Ministra del Ambiente y por el Ministro de Economía y Finanzas. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA. Incremento del Límite de Gasto Increméntese el límite del gasto en materia de bienes y servicios conforme a lo establecido en el párrafo 4.2 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018, para el pliego 052 Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, en S/ 3 805 200,00 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS CINCO MIL DOSCIENTOS Y 00/100 SOLES). El Titular del pliego 052 Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE, modi fi ca, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la vigencia del Decreto Supremo, las resoluciones emitidas en el marco del párrafo 14.4 del artículo 14 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018, teniendo en cuenta el incremento del límite de gasto de conformidad con la presente disposición. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los trece días del mes de julio del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1670203-1 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social DECRETO SUPREMO Nº 163-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, mediante el O fi cio N° 105-2018-MIDIS/SG/OGPPM, solicita una demanda adicional, para fi nanciar la atención de la prestación del servicio alimentario a estudiantes de Instituciones Educativas de la Jornada Escolar Completa de los Quintiles 1 y 2, lo que incluye el costo del servicio, equipamiento, supervisión y monitoreo, entre otros; Que, mediante O fi cio N° 584-2018-MIDIS/SG, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social actualiza el monto de la demanda adicional para el fi nanciamiento de la prestación del servicio alimentario a los escolares de nivel secundario de la modalidad Jornada Escolar Completa (JEC), y remite el Informe N° 231-2018/MIDIS/SG/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización de dicho Ministerio, en el cual señala que el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a través del O fi cio N° 726-2018-MIDIS/PNAEQW- DE, actualizó la demanda adicional para la atención de 64 931 escolares de la JEC, de 282 Instituciones escolares, para un periodo de atención de 84 días de prestación de servicios; Que, los artículos 44 y 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por el monto total de S/ 27 254 374,00 (VEINTISIETE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor de la Unidad Ejecutora 007: Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del mencionado pliego en el presente año fi scal; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 27 254 374,00 (VEINTISIETE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para atender durante 84 días a 64,931 estudiantes de 282 Instituciones Educativas de Jornada Escolar Completa de los Quintiles 1 y 2, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo con el siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector PúblicoFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia : 27 254 374,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 27 254 374,00 ===========