Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2018 (03/06/2018)


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NORMAS LEGALES

Domingo 3 de junio de 2018 /

El Peruano

obligatorio cumplimiento como política distrital de acuerdo a lo establecido en el artículo 47º del Reglamento de la Ley Nº 27933, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2014-IN; Que, con Informe Nº 0544-2018-SGSCTT-GSC-MDPP la Subgerencia de Seguridad Ciudadana Transporte y Tránsito, cumple con remitir el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2018 para su ratificación por el Concejo Municipal; obrando al respecto el Informe Nº 221-2018/GAJ/MDPP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, que opina que es procedente la ratificación del Plan Local de Seguridad Ciudadana 2018, debiendo elevarse los actuados al Concejo Municipal para su deliberación y aprobación de ser el caso; Estando a lo expuesto y de conformidad a los artículos 9º numeral 8), y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2018 Artículo Primero.- RATIFICAR el Plan Local de Seguridad Ciudadana del Año 2018, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Ancón, según Acta de fecha 10 de enero de 2018, y actualizado el 26 de abril de 2018, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y demás normatividad aplicable, de conformidad a las consideraciones expuestas en la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Precisar que el Plan ratificado en virtud del artículo precedente, como anexo adjunto, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar a la Subgerencia de Seguridad Ciudadana, Transporte y Tránsito el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Secretaria General su publicación en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Comunicación e Informática su publicación en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FELIPE ARAKAKI SHAPIAMA Alcalde 1655037-1

Aprueban Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2019
ORDENANZA Nº 392-2018-MDA Ancón, 28 de mayo de 2018 EL CONCEJO DISTRITAL DE ANCÓN VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el proyecto de Ordenanza que Aprueba el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2019 de la Municipalidad Distrital de Ancón, estando con el Informe Nº 004-2018-SGPP/MDA de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 238-2018GAJ/MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, los artículo 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, en materia de Descentralización, establece que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de sus ejecuciones anualmente, bajo responsabilidad conforme a Ley; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala en su artículo 53º que las Municipalidades se rigen por sus presupuestos participativos anuales, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con sus planes de desarrollo concertado de su jurisdicción; acotando además en su artículo 112º, que los gobiernos

locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión concordante con el artículo 17º inciso 17.1) de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y modificatorias, han establecido disposiciones que aseguren la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto de los gobiernos locales, constituyendo un aspecto fundamental para dicho proceso los Planes de Desarrollo Concertado; Que, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF que reglamenta la Ley Marco del Presupuesto Participativo, establece que en su artículo 7º, inciso 7.3 que el gobierno Local, convoca a la población organizada a participar en el proceso de Presupuesto Participativo, haciendo uso de los medios de comunicación más adecuados, a fin de garantiza una correcta y eficiente comunicación con los agentes participantes, disponiendo además que los gobiernos locales reglamentan el desarrollo del proceso de Presupuesto Participativo, para facilitar su participación; Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010EF/76.01 se aprueba el Instructivo Nº 001-2010- EF/76.01 para el Presupuesto Participativo basado en resultados, de carácter general y permanente; Que, mediante Informe Nº 004-2018-SGPP-GAPP/ MDA, la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto remite el proyecto de Ordenanza que Aprueba el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo 2019, para su revisión, opinión legal y posterior aprobación por parte del Concejo Municipal; Que, con Informe Nº 238-2018/GAJ/MDA, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la procedencia de la aprobación del proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento del Presupuesto Participativo basado en resultados para el año fiscal 2019, por estar conforme a lo dispuesto en la normativa vigente; Que, en este contexto y tomando en cuenta lo expuesto, resulta necesario reglamentar la participación de los representantes de la sociedad civil, así como, sus responsabilidades, obligaciones y derechos, dentro del proceso de Presupuesto Participativo para el año 2019, el cual permitirá asegurar un uso eficiente de los recursos públicos en el desarrollo local; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º incisos 8, 14 y 34, 40º y 53º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades, con dispensa de la lectura y aprobación del Acta y por UNANIMIDAD, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2019 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2019 de la Municipalidad Distrital de Ancón, que consta de dieciséis capítulos, cuarenta y siete artículos, tres disposiciones complementarias y finales, y dos anexos, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza, y cuyo texto íntegro será publicado en la página web de la Municipalidad (www.muniancon.gob.pe). Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto y las gerencias que son miembros del Equipo Técnico Municipal. Artículo Tercero.- FACULTAR al Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias, ampliatorias reglamentarias a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FELIPE ARAKAKI SHAPIAMA Alcalde 1655033-1

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