Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2018 (10/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Domingo 10 de junio de 2018

NORMAS LEGALES

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la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; en el numeral 4 del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado con Decreto Supremo N° 006-2016-DE; Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en Comisión Especial en el Exterior, al Personal Militar FAP que se detalla a continuación, como Oficiales Adjuntos a la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa, alumnos de la Clase 58 de la Maestría acreditada en Ciencias de Defensa y Seguridad Interamericana y Asesores en el Colegio Interamericano de Defensa, ubicado en la ciudad de Washington D.C. - Estados Unidos de América, del 01 de julio de 2018 al 30 de junio de 2020; así como su salida del país el 30 de junio de 2018 y retorno el 01 de julio de 2020: Coronel FAP NSA: O-9589191 Comandante FAP NSA: O-9637594 Comandante FAP NSA: O-9637994 VICENTE FLORENCIO YUPARI SILVA DNI: 43346411 GUSTAVO ADOLFO GARCÍA RIVERA DNI: 43444414 DIEGO ALONSO VERA OLIVERA DNI: 43336896

Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2018, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Coronel FAP VICENTE FLORENCIO YUPARI SILVA Pasajes Aéreos de ida: Lima ­ Washington D.C. (Estados Unidos de América) US $ 1,603.06 x 05 personas (Incluye TUUA)

Artículo 3.- El monto de la compensación extraordinaria mensual será reducido por la Fuerza Aérea del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014. Artículo 4.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014. Artículo 5.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Comisión Especial en el Exterior, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa de la Fuerza Aérea del Perú del año fiscal correspondiente. Artículo 6.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 7.- El personal designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8.- El personal designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1657254-1

= US $

8,015.30 21,387.60 64,162.80 93,565.70

Gastos de Traslado ­ Ida (equipaje, menaje e instalación) US $ 10,693.80 x 02 x 01 persona = US $ Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $ 10,693.80 x 06 meses x 01 persona = US $ Total = US $ Comandante FAP GUSTAVO ADOLFO GARCIA RIVERA Pasajes Aéreos de ida: Lima ­ Washington D.C. (Estados Unidos de América) US $ 1,603.06 x 04 personas (Incluye TUUA)

Autorizan viaje de personal naval a los EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 733-2018 DE/MGP Lima, 7 de junio de 2018 Vista, la Carta G.500-2526 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 11 de mayo de 2018;

= US $

6,412.24 21,387.60 64,162.80 91,962.64

CONSIDERANDO: Que, el Foro de Investigadores de Accidentes Marítimos de América (AMAIIF), es una organización sin fines de lucro, dedicada al mejoramiento de la seguridad marítima y a la prevención de la contaminación marina, cuyo principal propósito es promover la cooperación y comunicación entre los investigadores de accidentes marítimos; asimismo, cuenta con foros regionales de Europa, Asia y América; siendo el Estado Peruano país miembro a través de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, actualmente se encuentra ejerciendo la Presidencia del Foro Regional de América el señor Walter Reynaldo VERA TUDELA De La Gala, Asesor de la Dirección de Investigadores de Siniestros Acuáticos de la referida Dirección General; Que, mediante Carta S/N de fecha 30 de enero de 2018, el Director de la Oficina de Seguridad Marítima del Consejo Nacional de Seguridad en el Transporte de los Estados Unidos de América hace de conocimiento al Presidente del Foro Internacional de Investigadores de Accidentes Marítimos en el Continente Americano

Gastos de Traslado ­ Ida (equipaje, menaje e instalación) US $ 10,693.80 x 02 x 01 persona = US $ Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $ 10,693.80 x 06 meses x 01 persona = US $ Total = US $ Comandante FAP DIEGO ALONSO VERA OLIVERA Pasajes Aéreos de ida: Lima ­ Washington D.C. (Estados Unidos de América) US $ 1,603.06 x 03 personas (Incluye TUUA)

= US $

4,809.18 21,387.60 64,162.80 90,359.58 275,887.92

Gastos de Traslado ­ Ida (equipaje, menaje e instalación) US $ 10,693.80 x 02 x 01 persona = US $ Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $ 10,693.80 x 06 meses x 01 persona = US $ Total = US $ Total General a pagar = US $

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