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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2018 (19/06/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Martes 19 de junio de 2018 / El Peruano Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modi fi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1 .- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Naval que se indica a continuación, para que conformen el Pelotón de Operadores Especiales y el Estado Mayor Multinacional durante la ejecución del Ejercicio Multinacional RIMPAC 2018, en los lugares y fechas que se detallan: a. Personal Naval que conformará el Pelotón de Operadores Especiales, a realizarse en el área destinada a la Fuerza Aérea de los Estados Unidos de América en la Base Conjunta de Pearl Harbor-Hickam, Isla Oahu, Estado de Hawái, Estados Unidos de América, del 21 de junio al 20 de julio de 2018; así como, autorizar su salida del país el 20 de junio y su retorno el 21 de julio de 2018: Nº Grado Nombres y Apellidos CIP. DNI. 1 Teniente Segundo Juan Gabriel VELARDE Manrique 00066692 44149671 2 Alférez de Fragata Ricardo Arturo SOTOMAYOR Neyra00124035 47348087 3 Técnico 3º Oes. Alfonso QUISPE Maquera 05975566 43567181 4O fi cial de Mar 1º Oes.Klovis Basilides GONZA Quispe 00049359 44872248 5O fi cial de Mar 2º Oes.Javier VILLACRISIS Mendoza 00072722 44591295 6O fi cial de Mar 2º Oes.Carlos DEL ÁGUILA Peña 00082764 45040941 7O fi cial de Mar 3º Oes.Frans Hever LAUPA Inchicaque 02153038 47648156 8O fi cial de Mar 3º Oes.Iván Darwin LLACSAHUANGA Reyes01158193 47718691 b. Personal Naval que conformará el Estado Mayor Multinacional, a realizarse en las instalaciones de la Base Conjunta de Pearl Harbor-Hickam, ciudad de Honolulu, Estado de Hawái, Estados Unidos de América, del 30 de junio al 31 de julio de 2018; así como, autorizar su salida del país el 29 de junio y su retorno el 1 de agosto de 2018: Nº Grado Nombres y Apellidos CIP. DNI. 1 Capitán de Fragata Jorge DENEGRI Boltan 00909403 433906112 Capitán de Corbeta Nelson Hussein PINZAS Vargas 00911719 10811078 3 Capitán de Corbeta Paolo Ranieri CAMOGLIANO Mannucci00910739 43332870 4 Capitán de Corbeta Gustavo Adolfo ZEVALLOS Roncagliolo00917722 43927960 5 Capitán de Corbeta Oswaldo Juan RAYGADA Pedraja 00913728 44186790 6 Capitán de Corbeta Luis Enrique NALVARTE Málaga 00918738 44320032 7 Capitán de Corbeta CJ.Liliana GARCÍA Lazo De La Vega 00003815 41938096 8 Teniente Primero Sandro Daniel SAMANEZ Mariscal 01004232 43304938Artículo 2 .- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: a. Personal Naval que conformará el Pelotón de Operadores Especiales: Pasajes Aéreos: Lima - Isla Oahu (Estados Unidos de América) - Lima US$ 2,968.55 x 8 personas US$. 23,748.40 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 5,346.90 / 30 x 10 días (junio 2018) x 2 O fi ciales Subalternos US$ 3,564.60 US$ 5,346.90 / 31 x 20 días (julio 2018) x 2 O fi ciales Subalternos US$ 6,899.23 US$ 5,091.13 / 30 x 10 días (junio 2018) x 6 Técnico y O fi ciales de Mar US$ 10,182.26US$ 5,091.13 / 31 x 20 días (julio 2018) x 6 Técnico y O fi ciales de Mar US$ 19,707.60 TOTAL A PAGAR: US$ 64,102.09 b. Personal Naval que conformará el Estado Mayor Multinacional: Pasajes Aéreos: Lima - Honolulu (Estados Unidos de América) - Lima US$ 2,340.00 x 8 personas US$ 18,720.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 6,416.28 / 30 x 1 día (junio 2018) x 7 O fi ciales Superiores US$ 1,497.13 US$ 6,416.28 x 1 mes (julio 2018) x 7 O fi ciales Superiores US$ 44,913.96 US$ 5,346.90 / 30 x 1 día (junio 2018) x 1 O fi cial Subalterno US$ 178.23 US$ 5,346.90 x 1 mes (julio 2018) x 1 O fi cial Subalterno US$ 5,346.90 TOTAL A PAGAR: US$ 70,656.22 Artículo 3 .- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4 .- El monto de la Compensación Extraordinaria Mensual será reducido, por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 5 .- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 6 .- El O fi cial Superior comisionado más antiguo de cada actividad, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7 .- El mencionado Personal Naval, revistará en la Dirección General del Personal de la Marina, por el período que dure la Comisión de Servicio. Artículo 8 .- El citado Personal Naval, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 9 .- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1661071-1