Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2018 (24/03/2018)


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NORMAS LEGALES

Sábado 24 de marzo de 2018 /

El Peruano

de los miembros del Directorio de Perupetro S.A. en representación del Ministerio de Energía y Minas; Que, el artículo 12 de la Ley N° 26225, Ley de Organización y Funciones de Perupetro S.A. dispone que el Directorio del Perupetro S.A. se encuentra integrado por cinco miembros; cuyo Presidente es designado por Resolución Suprema y los cuatro miembros restantes por Resolución Ministerial. Asimismo, el referido artículo establece que tres miembros son designados en representación del Ministerio de Energía y Minas, siendo uno de ellos designado como Presidente del Directorio; Que, el artículo 13 de la referida norma dispone que los miembros del Directorio de Perupetro S.A. deben ser personas con reconocida capacidad técnica y profesional en la materia a desempeñar y no deben ser funcionarios o empleados públicos; Que, a fin de mejorar los estándares de independencia y transparencia en la selección y ejercicio de funciones, resulta necesario establecer criterios generales para designar a representantes del Ministerio de Energía y Minas como Presidente o Miembro del Directorio de las empresas públicas adscritas al Sector Energía y Minas; De conformidad con lo dispuesto por el literal h) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación Aprobar los Lineamientos para la propuesta y/o designación de representantes del Ministerio de Energía

y Minas como Presidente o Miembro del Directorio de las empresas públicas adscritas al Sector Energía y Minas, los mismos que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, y la publicación de su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁNGELA GROSSHEIM BARRIENTOS Ministra de Energía y Minas 1629196-1

Aprueban a AMERICAS POTASH PERU S.A. como empresa calificada para efecto del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, por el desarrollo del proyecto denominado "Producción de Depósito de SalmuerasSechura"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 106-2018-MEM/DM Lima, 21 de marzo de 2018 VISTOS: El Informe N° 098-2018-MEM-DGM/DPM de la Dirección de Promoción Minera de la Dirección General

REQUISITOS PARA PUBLICACILN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen gráficos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 10 páginas, el contenido del cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com. pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN

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