Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2018 (24/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Sábado 24 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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Que, de acuerdo con el documento Nº 052-2018 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2018 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Contralmirante Rodolfo SABLICH Luna Victoria, CIP. 01860343, DNI. 43439292, para que participe en el 72º Período de Sesiones del Comité de Protección del Medio Marino (MEPC 72), a realizarse en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 9 al 13 de abril de 2018; así como, autorizar su salida del país el 7 y su retorno el 14 de abril de 2018. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima - Londres (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) - Lima US$. 2,820.00 US$. 2,820.00 Viáticos: US$. 540.00 x 5 días US$. TOTAL A PAGAR: US$. 2,700.00 5,520.00

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en comisión especial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 364-2018 DE/MGP Lima, 22 de marzo de 2018. Vista, la Carta G.500-1250 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 6 de marzo de 2018; CONSIDERANDO: Que, el Estado Peruano, es miembro de la Organización Marítima Internacional (OMI) desde el año 1968, situación que coloca al país en una posición privilegiada para velar por los intereses marítimos y portuarios en el referido organismo especializado de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), considerando el gran esfuerzo que se viene desarrollando para la promoción y desarrollo de inversiones marítimas y portuarias en beneficio de la integración nacional y de las exportaciones peruanas; Que, por Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/SG, se modificó el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, estableciéndose la modalidad de viajes denominada Comisión Especial en el Exterior, que permite la designación de personal militar en actividad o retiro en las representaciones permanentes del Perú ante Organismos Internacionales, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, mediante Oficio Nº 2623-2017-MINDEF/VPD/ B/01.d, de fecha 11 de diciembre de 2017, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa ha comunicado al Secretario del Comandante General de la Marina, las necesidades de relevo del personal militar que se encuentra en representación del Perú en Organismos Internacionales, considerando entre otros, el cargo de Representante Permanente Alterno del Perú ante la Organización Marítima Internacional (OMI); Que, con Carta G.500-0179 de fecha 12 de enero de 2018, el Secretario del Comandante General de la Marina hace de conocimiento a la Secretaria General del Ministerio de Defensa, que ha efectuado la evaluación sobre el proceso de selección y designación del Personal Militar para ocupar cargos de representación en Organismos Internacionales, considerando entre otros, la propuesta del Capitán de Navío SGC. Edson Javier FANO Espinoza, como Representante Permanente Alterno del Perú ante la Organización Marítima Internacional (OMI), en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 1 de abril de 2018 al 31 de marzo de 2020; Que, con Oficio P.200-050 de fecha 12 de enero de 2018, el Director General de Capitanías y Guardacostas ha remitido la documentación pertinente para la tramitación de la designación del Capitán de Navío SGC. Edson Javier FANO Espinoza, como Representante Permanente Alterno del Perú ante la Organización Marítima Internacional (OMI), en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 1 de abril de 2018 al 31 de marzo de 2020; lo que permitirá a la Autoridad Marítima Nacional, obtener una vasta experiencia en la Organización Guardacosta y sus funciones, con las competencias adquiridas y necesarias para presentar y tomar decisiones en beneficio y en defensa de los intereses nacionales en los asuntos técnicos propios de la Organización Mundial; así como, participar activamente en las reuniones que el referido organismo internacional tiene programado; Que, mediante Resolución Suprema Nº 033-2018DE/MGP, de fecha 6 de marzo de 2018, se designó al Capitán de Navío SGC. Edson Javier FANO Espinoza, como Representante Permanente Alterno del Perú ante la Organización Marítima Internacional (OMI), en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, del 1 de abril de 2018 al 31 de marzo de 2020;

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4.- El Oficial Almirante comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE KISIC WAGNER Ministro de Defensa 1629764-4

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