Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2018 (07/05/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

10

NORMAS LEGALES

Lunes 7 de mayo de 2018 /

El Peruano

expropiación del área del inmueble afectado por la obra y su respectivo valor de tasación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192 y sus modificatorias, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: "Construcción de la Segunda Calzada de la Vía de Evitamiento de Piura ­ Panamericana Norte Km. 988+000 ­ Km. 1001+924 de la Autopista del Sol (TrujilloChiclayo- Piura-Sullana)" y el valor de la Tasación del mismo ascendente a S/ 53,171.10, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de

Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 de la Ley, a efectos de inscribir el área expropiada del bien inmueble a favor del beneficiario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda a levantar las cargas o gravámenes que exista sobre el bien inmueble; los acreedores pueden cobrar su acreencia con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), inscriba a favor del beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en la Ley, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el inmueble desocupado, o treinta (30) días hábiles de estar ocupado o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO VALOR DE TASACIÓN CORRESPONDIENTE AL ÁREA DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: "Construcción de la Segunda Calzada de la Vía de Evitamiento de Piura ­ Panamericana Norte Km. 988+000 ­ Km. 1001+924 de la Autopista del Sol (Trujillo-Chiclayo- Piura-Sullana)"
No. SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO SUJETO PASIVO CÓDIGO: PSC-EV01-COS-007 IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble VALOR DE LA TASACIÓN (S/)

AREA AFECTADA: 1,924.77 m2

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA VERTICES LADO DISTANCIA (m) A B C D E F G A-B B-C C-D D-E E-F F-G G-A 5.98 2.37 23.84 257.44 5.87 193.79 88.31 WGS84 ESTE (X) 538376.1557 538379.7922 538381.3461 538400.9314 538612.6007 538609.4777 538449.4772 NORTE (Y) 9422129.5894 9422134.3383 9422136.1272 9422122.5362 9421976.0001 9421971.0332 9422080.3700 53,171.10

Por el Norte: Con Propiedad del Estado (Canal) con 5.98 m, 2.37 m. Por el Este: Con Propiedad de Terceros con 23.84, 257.44 m. Por el Sur: Con Propiedad del Estado con 5.87 m. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES / PROVIAS NACIONAL Por el Oeste: Con Panamericana Norte con 193.79, 88.31 m. HERNÁN MARTÍN LEÓN REUSCHE

1

Partida Registral: N° 04015432 De La Zona Registral N° I, Oficina Registral Piura ­ Sede Piura. Certificado De Búsqueda Catastral: Expedido El 03 De Diciembre De 2015, Por La Zona Registral I - Sede Piura. Certificado Registral Inmobiliario ­ Expedido El 07 De Diciembre De 2017, Por La Oficina Registral De Piura, Zona Registral N° I - Sede Piura.

1644245-2

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.